El Ministerio de Trabajo emitió ayer el Acuerdo Ministerial 088 que norma los contratos a plazo fijo que están actualmente en vigencia y los de enganche.

La normativa indica que los contratos a plazo fijo celebrados hasta el 19 de abril del 2015 seguirán vigentes hasta su fecha de culminación. No podrán ser renovados con esta misma figura.

En cambio, desde el 20 de abril al 31 de diciembre se podrá celebrar este tipo de contratos, pero con plazo de vigencia solo hasta al 31 de diciembre del 2015. A partir del 1 de enero del 2016 no se podrán celebrar contratos de plazo fijo.

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En cuanto al contrato de enganche, también los celebrados al 19 de abril estarán vigentes hasta su fecha de culminación, pero a partir del 20 de abril ya no se puede contratar con esta figura. (I)