El juez Alfredo Ruiz defiende la actuación de la Corte Constitucional (CC) en el trámite de consultas.

¿A qué atribuye los pedidos de consultas de estos meses?
La Constitución establece este derecho, su ejercicio es legítimo.... Cada acción es distinta, merece un trato específico y una decisión ceñida a las disposiciones constitucionales y legales. Los interesados pretenden que se atienda esto con rapidez, pero tenemos que ceñirnos a un procedimiento que es más lento de lo que se aprecia...

Hay grupos que critican las decisiones de la CC porque favorecerían al régimen.
Respeto las opiniones, pero no acepto como válida esa apreciación... Muchas veces las opiniones contrarias se emiten antes de la notificación de las decisiones y con desconocimiento del sustento constitucional y normativo. Esto es parte de la controversia política que nos involucra indirectamente.

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Grupos de oposición definen acciones en conjunto para exigir que se acepten sus pedidos. ¿Qué opina?
Las únicas presiones que considero aceptables son las que se hagan dentro de lo que establecen la Constitución, la Ley y el reglamento de la CC. Ninguna otra es legítima. (I)