Para que los locales nocturnos puedan funcionar en este 2015 “deberán tener instalado y en uso un circuito cerrado de cámaras de seguridad permanente”. Así lo señaló la Gobernación en un comunicado, en el que aseguró que la disposición provino de la intendenta Consuelo Castro.

La Gobernación sostuvo que la norma rige para establecimientos categorías 1 y 2, en los que se enumeró a los cabaré, night club, bares, cantinas y billares; y también a los locales que ofrecen hospedaje.

Para el funcionamiento de los negocios, los propietarios deberán presentar: solicitud para otorgamiento de permiso anual de funcionamiento y registro único de contribuyentes.

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Además, patente municipal, permiso de la Agencia Nacional de Regulación y Control Sanitario, permiso de uso de suelo, permiso de Cuerpo de Bomberos, informe favorable de inspección del local y comprobante de recuperación de costos por concepto de permiso anual de funcionamiento.

La intendenta Castro sostuvo que si se encontraren en los locales armas de fuego, menores de edad y personas indocumentadas, se clausurará definitivamente el local.

Ella se reunió hace pocos días con los alcaldes guayasenses dentro de la aprobación de normativas, para la reubicación de los locales de diversión que funcionen cerca de establecimientos educativos. (I)

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Apuntes
Normativas

Distancia con área poblada
La Intendencia impulsa que los locales de diversión nocturna funcionen a 1.000 metros fuera del perímetro urbano.

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Ordenanza
Los alcaldes guayasenses actualizan sus ordenanzas en torno al funcionamiento en su jurisdicción de locales nocturnos. El plazo corre hasta el 27 de marzo del 2015.