(Actualizado a las 18:15)

Quienes deseen obtener por primera vez la licencia de conducir tipo B (no profesional) ya no deberán hacer cursos de manejo sino que tendrán la posibilidad de rendir directamente "las pruebas psicosensométricas, teóricas y proactivas tomadas" por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Así lo aprobó este jueves la Asamblea Nacional con el voto a favor de 79 legisladores, mientras 11 votaron en contra y hubo 6 abstenciones. El presidente de la República, Rafael Correa, deberá aprobar u objetar esta y otras reformas máximo en un mes.

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"En caso de reprobar las pruebas, el postulante deberá obtener el certificado de aprobación de estudio que otorgue el Secap o las escuelas debidamente autorizadas por el Directorio de la ANT, como requisito previo para volver a rendir las pruebas correspondientes", indicó el organismo en su sitio web.

En ese mismo tema, "el conductor que no haya sido sancionado en al menos un año, contabilizado desde la última infracción sancionada, gozará de dos puntos extras que se incrementarán automáticamente a su licencia de conducir para el siguiente año".

Además, la Educación vial será materia obligatoria en "todos los establecimientos de educación públicos y privados", según las reformas que aprobó el Parlamento a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

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Se "desarrollarán los programas educativos en temas relacionados con la prevención y seguridad vial, su señalización considerando la realidad lingüística de la comunidades, pueblos y nacionalidades, el uso de las vías públicas, de los medios de transporte terrestre", señaló la Asamblea.

Sin aseguradoras privadas

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El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) será otorgado a través del Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito en lugar de las aseguradoras privadas, como es hasta ahora.

Según la reforma aprobada ayer por la Asamblea, se crea el Sistema Público de Pago de Accidentes de Tránsito, administrado por la entidad que para el efecto determine el Gobierno Central, el mismo que se regirá en base a las normas y condiciones que se establezcan en el reglamento respectivo.

El fin de esta reforma, según la ley, es el de garantizar la protección de las personas y bienes que se trasladan de un lugar a otro por la red vial del territorio ecuatoriano.

Todos los vehículos a motor, sin restricción de ninguna naturaleza, sea de propiedad pública o privada, deberán cancelar anualmente la tasa por el servicio que se preste a través de este Sistema Público, en conjunto con los valores correspondientes a la matriculación vehicular, conforme la calendarización establecida por la ANT.

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En la cuarta disposición transitoria se establece un plazo de 180 días para que la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, el Servicio de Rentas Internas y la Superintendencia de Bancos, mientras se encuentre a su pago el control de sistema de seguros, depurarán la información y datos pertenecientes al SOAT y estructurarán la plataforma tecnológica que permitirá el cobro de la tasa por concepto del servicio que se preste a través de este Sistema Público en la matriculación vehicular.

Al respecto, César Umaginga (Pachakutik) señaló en el Pleno que no existen datos técnicos para hacer este cambio y fuera del Pleno, Patricio Donoso (CREO) señaló que se está creando un monopolio estatal para los seguros para accidentes de tránsito.

Juan Carlos Cassinelli (AP), ponente del proyecto, manifestó que lo que se quiere es que los ciudadanos tengan un servicio que funcione adecuadamente, "hay muchas quejas". "No es un tema de monopolio, es un tema de servicio adecuado", dijo.

El proyecto que en las próximas horas será remitido al Ejecutivo contiene 33 artículos reformatorios, dos disposiciones generales y seis transitorias.

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