Cuando las instituciones públicas reciban regalos, dádivas o presentes, sus autoridades no podrán llevárselos a sus casas sino que estos deberán incorporarse a su patrimonio, según lo dispone el Decreto Ejecutivo 501, suscrito por el presidente Rafael Correa, el miércoles.

“La integración en el patrimonio institucional será de responsabilidad del servidor o servidora pública perceptor (a) del regalo institucional. Excepto para bienes muebles que tengan un valor inferior al valor de una remuneración básica unificada (a la fecha, $ 340)”, reseña el texto de dicho decreto.

Agrega que si los presentes tienen algún valor histórico patrimonial deberán pasar obligatoriamente al Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.

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Y solicita a la Contraloría General del Estado que emita normas de control para hacer cumplir estas disposiciones.

El documento recuerda que el artículo 24 de la Ley Orgánica de Servicio Público vigente prohíbe a los servidores públicos solicitar, aceptar o recibir “dádivas, regalos, recompensas o contribuciones en especies, bienes o dinero, privilegio o ventajas en razón de sus funciones, para sí, sus superiores o subalternos; sin perjuicio de que estos actos constituyan delitos tales como peculado, cohecho, concusión, extorsión y enriquecimiento ilícito”.

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