Obtuvieron entre 91 y 96 puntos finales sobre 100, en algunos casos luego de pedir una recalificación, y se adjudicaron los nueve puestos que integran hoy la Corte Constitucional. El proceso terminó en octubre del 2012 y el organismo entró en funciones el 6 de noviembre, en medio de cuestionamientos por la forma de elección y la relación que algunos de los escogidos tenían con el oficialismo.

El principal reparo, recuerda David Rosero, vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, fue que la comisión calificadora que llevaba adelante el proceso, como lo disponía el art. 434 de la Constitución, era integrada por dos miembros del Ejecutivo, dos del Legislativo –donde el movimiento oficialista tenía mayoría– y dos miembros de la Función de Transparencia, donde también tenía integrantes afines. La presidió Pamela Martínez, delegada del Ejecutivo y quien había sido asesora del presidente Rafael Correa.

Ellos debían elegir entre nueve candidaturas presentadas por cada una de estas funciones a través de un concurso público, con veeduría e impugnación ciudadana. “Estos 27 candidatos se sometieron a un concurso de méritos organizado por esta comisión de seis. Una suerte de elección de juez y parte entre ellos mismos”, afirma Rosero.

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De los nueve electos, cuatro eran candidatos de la Función Ejecutiva, tres de la de Transparencia y dos de la Legislativa. Antonio Gagliardo, uno de los jueces propuesto por la Función de Transparencia, rechaza la visión de Rosero y dice que la elección se ajustó a la Constitución del 2008: “Somos, creo, la única Corte Constitucional de América elegida en un concurso de méritos y oposición, dimos examen oral y escrito, impugnación pública. No fue algo fácil ni sencillo, ni fuimos nombrados a dedo”.

Pero Andrés Páez, asambleísta de CREO y quien en ese proceso impugnó la candidatura de dos jueces (Patricio Pazmiño y Ruth Seni), dice que la comisión no dio paso a “impugnaciones fundamentadas” que, considera, cualquier otro tribunal habría admitido.

Si bien la elección siguió la hoja de ruta determinada en la Constitución del 2008, Rosero y la consejera Andrea Rivera plantearon que los candidatos presentados provengan de un concurso abierto, que permitiera elegir a los mejores jurisconsultos. Pero no se dio. “Simplemente se designó de los candidatos a quienes ellos quisieran...”, dice Rosero.

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De ahí que Rosero y Páez consideran que los procesos anteriores tenían más pluralidad en la integración.

La Constitución de 1998 establecía que para integrar al otrora Tribunal Constitucional (TC), que con la nueva Carta Magna pasó a llamarse Corte Constitucional, sus miembros debían ser elegidos por el Congreso de dos ternas enviadas por el Ejecutivo, dos por la Corte Suprema de Justicia, dos elegidos por el Congreso, uno de otra terna enviada por los alcaldes y prefectos, uno de la planteada por los trabajadores y organizaciones indígenas y uno de la remitida por las Cámaras de la Producción.

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Santiago Basabe, profesor e investigador del Departamento de Estudios Políticos de la Flacso, señala en su libro Jueces sin toga, que tal dispersión provocó que hasta el 2007 ningún partido pudo ejercer un control directo sobre los designados. De hecho, en el periodo analizado (1997-2007) ningún partido tuvo la capacidad de destituir a los jueces del TC con un juicio político.