Este sábado entrará en vigencia el Manual de Buenas Prácticas Comerciales para el sector de los supermercados y/o similares y sus proveedores.

La norma fue emitida el 29 de agosto pasado por la Superintendencia de Poder del Control del Mercado (SPCM) e incluye, en sus 32 artículos, regulaciones para plazos de pago, presencia de productos en las perchas, porcentaje de compra a empresas pequeñas y otros.

Vea también: ¿Qué normativas tiene el manual para los supermercados?

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Sobre los plazos máximos de pago a proveedores, Juan Carlos Jácome, intendente zonal de la SPCM, explicó que el supermercado deberá cancelar al proveedor dentro de 15 días si el valor es de hasta $ 50 mil.

Si la cantidad a pagar al proveedor es de más de $ 50 mil hasta $ 250 mil, el plazo será de 30 días; subirá a 45 días si es de más de $ 250 mil hasta $ 3 millones; y si sobrepasa esa cifra el plazo será de 60 días.

Añadió que la regulación se incluyó en la norma porque la supuesta dilatación en los pagos por parte de los supermercados fue una de las quejas recurrentes de los proveedores.

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Sobre si en los plazos de pago determinados se considera la rotación de productos, Jácome señaló que existen varios criterios al respecto, pero aclaró que los establecidos en el manual se deben acatar, aunque no descartó futuros cambios.

“Si el manual requiere ser mejorado, pues se incorporarán modificaciones en la medida en que la implementación del mismo lo requiera”.

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Acerca de la regulación de la presencia de productos en perchas de los supermercados, Jácome señaló que también receptaron muchas quejas de proveedores que indicaban que “esos espacios tenían precios”.

Según el artículo 18 del manual: “No se permitirá que una categoría de productos por su marca ocupe exclusivamente una sola góndola o estantería, sino que esta deberá estar también ocupada por otros productos similares o competidores, cuyo espacio de ocupación no será inferior del 15%”.

A criterio del intendente zonal, esta reglamentación beneficia al usuario, que tendrá mayor variedad de productos en las perchas por la mayor competencia de marcas.

“De qué competencia estamos hablando, si hay un solo producto en las perchas”, expresó el funcionario.

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Agregó que las sanciones estipuladas en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor para quienes falten al manual pueden llegar hasta multas equivalentes al 12 % del volumen de negocios.

Explicó que corresponderían a las ventas brutas del año anterior del operador investigado o denunciado.

15 % de compras a proveedores con facturación de hasta 250 mil dólares deberán tener los supermercados.

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