El Código Monetario y Financiero entró en vigencia ayer, una vez que fue publicado en el segundo suplemento del Registro Oficial 332. Los bancos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de la Vivienda, de Fomento y de Crédito Educativo experimentarán los primeros efectos de la nueva ley.

El presidente del IESS, Hugo Villacrés y el ministro de la Política Económica, Patricio Rivera, ambos miembros del directorio del Biess, cesarán en las funciones del banco en 30 días contados a partir de ayer, de acuerdo con la disposición reformatoria decimonovena del Código Monetario.

El directorio del Biess está integrado además con un delegado de los afiliados y otro de los jubilados que ya fueron elegidos mediante concurso público convocado por el Consejo de Participación Ciudadana.

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El Código también establece un plazo de 180 días para que la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Compañías de Valores y Seguros, junto con el Biess, instrumenten todas las actividades necesarias para implementar las reformas a la Ley del Biess dispuestas en el mencionado Código. Hasta tanto, el Biess continuará bajo el control de la Superintendencia de Bancos.

En un comunicado de prensa emitido ayer por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, se informó que la disposición transitoria vigésimo segunda del Código determina que en 90 días, contados a partir de la fecha en que la Superintendencia de Bancos expida la normativa correspondiente, esa entidad financiera deberá iniciar su proceso de liquidación.

Mientras tanto, la atención a los clientes y al público en general se hará con normalidad, agrega. En mayo del 2013 el superintendente de Bancos, Pedro Solines, anunció que el BEV inició un proceso de liquidación voluntario.

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El Código prevé también la desaparición del Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo (IECE), de acuerdo con la disposición transitoria vigésimo cuarta, en la que dispone que en su lugar operará otra institución que se encargará de la administración de becas y asesoría académica y pertenecerá a la función Ejecutiva.

Sobre el Banco Nacional de Fomento, el Código establece que los créditos que fueron entregados a personas distintas al beneficiario registrado y si esos recursos no cumplieron el objetivo para el cual se concedieron, serán trasladados a quienes recibieron el dinero o al servidor público que autorizó el desembolso.

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Cambios
CONVERSIÓN

Bases de datos
En 90 días las superintendencias de Bancos, de Compañías, de Telecomunicaciones, de Control de Poder de Mercado, de Economía Popular y Solidaria tienen que convertir las bases de datos de las entidades que controlan en un catastro público, según el Código Monetario y Financiero.

Respaldo
El fondo de Seguros Privados comenzará a operar desde el primero de enero del 2016, señala la normativa.