La resolución del Registro Civil que colocará a la unión de hecho como un dato complementario en la cédula crearía “un limbo jurídico”, al no ser considerado como un estado civil, según el grupo Matrimonio Civil Igualitario, que pide claridad en la aplicación de la decisión.

Según Pamela Troya, miembro de dicho colectivo, la figura es inexistente en el ordenamiento legal, por lo que considera que fue “inventada en la resolución para mantener un trato distinto a las personas GLBTI y heterosexuales que mantienen esta convivencia”.

Aseguró que el grupo no entiende de qué forma el Registro Civil aplicará “un término inventado” al momento de registrar las uniones de hecho.

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“No están elevando la unión de hecho al nivel de los estados civiles, que son cuatro: soltero, casado, divorciado y viudo. Habría que ver cómo lo ponen en la cédula: si generan un nuevo campo que incluya solo un dato complementario o si será un nuevo estado civil”.

Refirió que la situación traería complicaciones. “¿Qué pasará si alguien que está divorciado y coloca en su cédula como dato complementario la unión de hecho, pero luego se casa?”.

Además, agregó que otro inconveniente es que al no ser considerada la unión de hecho en la cédula no constará el nombre de la pareja, lo que traería inconvenientes a la hora de realizar algún trámite.

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Por ello, plantea modificar la Ley del Registro Civil para que en esta quede establecida la unión de hecho como estado civil, pues cree que en cualquier momento se podría derogar la reciente resolución.

En la Comisión de Gobiernos Autónomos reposa una reforma a esa norma en la que se incluye el reemplazo de sexo por género y la posibilidad de cambiarse el nombre en la cédula.

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El primer debate del proyecto se realizó en el 2012.