Las delegaciones provinciales electorales sancionarían al menos a 134 responsables del manejo económico de las agrupaciones políticas, quienes tenían que presentar 1.686 expedientes del gasto de los comicios seccionales de febrero pasado. En todo el país se debían presentar 7.520 expedientes.

El Código de la Democracia da un plazo de 90 días después de los comicios para entregar las cuentas de campaña, más un alargue de quince días.

Un informe de la Dirección Nacional de Fiscalización y Control del Gasto Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que es en Guayas donde más expedientes faltan por presentarse: 294 concentrados en 18 responsables del manejo económico; luego está Loja, con 248; Manabí, con 165; Cotopaxi, con 145; Zamora Chinchipe, con 122; y Esmeraldas, con 118.

Publicidad

El informe muestra que 701 expedientes se presentaron luego de los quince días de plazo adicional que corresponden a 69 responsables del manejo económico. Este grupo también deberá recibir sanciones, según explicó José Cisneros, director de Fiscalización y Control del Gasto Electoral.

El artículo 275 del Código de la Democracia señala que se sancionará a los tesoreros con la suspensión de los derechos políticos hasta un año y una multa de hasta diez salarios básicos por no presentar los informes con las cuentas, el monto de los aportes recibidos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación y la del aportante original cuando los recursos se entreguen por interpuesta persona, el destino y el total de las sumas gastadas, estados de cuenta y conciliaciones bancarias, así como los comprobantes de ingresos y de egresos con los respaldos.

Cisneros explicó que luego de aplicar las sanciones, las delegaciones provinciales notificarán a las organizaciones políticas respectivas para que en quince días presenten las cuentas. Si en ese plazo no lo hacen, se sancionará al representante legal y a la organización política (esta puede ser suspendida).

Publicidad

Indicó que la sanción tendrá que ser aplicada “bajo criterios de equidad y proporcionalidad”, porque hay casos diferentes; por ejemplo, hay responsables que manejaron las cuentas de 50 dignidades y entregaron 48, pero otro que manejó el mismo número entregó solo 2. Agregó que no es lo mismo sancionar a un movimiento de una parroquia que a uno de un cantón, porque el monto de recursos que se maneja es distinto.