La Corte Interamericana de Derechos Humanos rechazó el pedido de medidas provisionales solicitado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a favor de dos niñas pertenecientes al grupo en aislamiento voluntario Taromenane, por no reunir los requisitos necesarios para el otorgamiento de esas medidas.

Una de las niñas estaría en manos del pueblo huaorani y otra en potestad del Estado.

La Corte, que desestimó la solicitud el 31 de marzo pasado, dispuso el archivo del expediente, informó la Procuraduría General.

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La Comisión Comisión Interamericana pidió las medidas cautelares el 19 de enero, “bajo el argumento de que las menores se encontraban en situación de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable, tanto en su integridad física como psíquica”, informó la Procuraduría.

El 25 de enero, la Procuraduría presentó sus argumentos jurídicos sobre la protección que se brinda a las niñas y solicitó declarar improcedente el pedido realizado por la Comisión.

La Corte encontró que: “[…] el Estado ha tomado medidas concretas que han mitigado la situación de extrema gravedad, urgencia y posibilidad de la consumación de un daño irreparable que inicialmente fuera presentado por la Comisión en su solicitud”.

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De acuerdo con la Procuraduría, el informe final agregó además que “[…] las instituciones estatales pertinentes están conscientes de la compleja situación que atraviesan las niñas (por lo que) han adoptado medidas especiales tales como la creación de un equipo de salud multidisciplinario encargado de hacer seguimiento a su salud, el desarrollo de un protocolo para la inmunización de las niñas, los protocolos y procesos creados por el Ministerio de Salud y Fiscalía para monitoreo a su estado de salud y adaptación, entre otros”.

Según las hipótesis de trabajo de las autoridades, los huaorani cometieron supuestamente la masacre en venganza por el asesinato de dos ancianos de su clan, supuestamente a manos de taromenane.