El gobierno venezolano dispuso a los dueños de inmuebles con 20 años o más dedicados a alquiler a venderlos a sus arrendatarios en un plazo de 60 días o afrontar multas cuya mora derivará en embargos.

El decreto del Ministerio de Vivienda, publicado ayer, advierte que la multa inicial será de 2.000 Unidades Tributarias, equivalente a 254.000 bolívares ($ 40.317 a la cotización oficial de 6,3 bolívares por dólar), que debe ser pagada en cinco días. La multa será doblada si no se cancela en ese lapso y, tras ello, de mantenerse la mora, “la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda solicitará el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de la multa”.

Roberto Orta, de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), catalogó la norma de ‘inconstitucional’.

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A la emisora Noticias24, Orta dijo que se trata de una medida que “despoja de su propiedad” a dueños legítimos, pese a que la Constitución solo prevé la expropiación o la confiscación con el respectivo pago de una indemnización.

Además, añadió Orta, “muchos de estos edificios los ocupan personas de la tercera edad”, a quienes la banca no los considera a la hora de otorgar créditos.

Según cifras oficiales, 3,7 millones de jefes de familia están carentes de hogar o tienen casas que requieren ser reparadas en Venezuela.