El miércoles 26 de marzo reciente, este Diario recibió una carta del Ministerio de Educación, en la que solicita rectificar la noticia publicada en la página 16 del domingo 23 de marzo del 2014, de La Ciudad, con el titular: “Nueva malla curricular dispone que Inglés se dicte desde octavo de básica”. Y según dispone la Ley de Comunicación, este Diario publica la parte pertinente de la carta enviada por dicho Ministerio que, menciona:

“El cuerpo de la noticia afirma que ‘la materia Lengua Extranjera (Inglés) se dictará recién desde octavo año de básica en todos los establecimientos educativos, incluidos los particulares (...). Este es uno de los cambios que impone la nueva malla curricular para la Educación Básica (...)’.

Estas afirmaciones son imprecisas, dado que el Acuerdo 41-014 no cambia en lo absoluto la malla curricular de Inglés, respecto al Acuerdo derogado, sino que ratifica los mínimos obligatorios, por tanto la nota es mala interpretación realizada al Acuerdo Ministerial 41-014, publicado en el Registro Oficial el pasado 11 de marzo de 2014.

Publicidad

Dichas interpretaciones, realizadas por el reportero/a al cuerpo legal incumple el principio de precisión que ordena el artículo 22 de la Ley de Comunicación, en su cuarto párrafo, para recoger y publicar con exactitud los datos cualitativos y cuantitativos que se integran a la narración periodística de los hechos.

Por otro lado, una falta grave que se evidencia a lo largo de la nota es la ausente contrastación de fuentes, ya que la redacción recoge las versiones de dirigentes gremiales y docentes, pero omite la versión oficial de la autoridad educativa. Versión que no fue incluida, dado que el pedido de información no se gestionó a través de ningún canal de atención a la prensa, que la Dirección Nacional de Comunicación del MinEduc pone a disposición de los medios de comunicación.

Insistiendo en los errores de precisión, la infografía que acompaña la nota evidencia fallas en la descripción de las horas de clase de la malla curricular de Educación Básica. La carga horaria de las asignaturas de Ciencias Naturales y Estudios Sociales es incorrecta. Por lo tanto, el crédito de la infografía no debió ser atribuido al Ministerio de Educación”.

Publicidad

Además, con fecha 28 de marzo, el Ministerio hizo llegar otro pedido, refiriéndose al contenido del editorial del 27 de marzo, publicado en la página 8 y que se titula: “No mentimos”.

Esta carta dice: “En el editorial se menciona lo siguiente: Al principio, simplemente, se dio a conocer un documento oficial sobre un tema de interés general. Si su contenido inquietó a la ciudadanía, probablemente signifique que no estaba muy claro.

Publicidad

Señores diario El Universo, es mentira afirmar que ustedes “simplemente dieron a conocer un documento oficial”, pues lo que en realidad hicieron es afirmar que ese documento cambió la malla curricular de Inglés, y, como ya lo demostramos anteriormente, hablar de un cambio es totalmente falso.

Insistimos, la palabra cambio es la que ha generado, en realidad, toda la confusión sobre el tema de la materia de Lengua Extranjera.

Siguiendo el curso del proceso para petición de rectificación, estamos a la espera de la publicación de nuestro pedido enviado el pasado 25 de marzo, así como la publicación de esta nueva carta, tal como lo dispone la Ley de Comunicación”.

Nota de la Redacción:
En la presente, rectificamos y aceptamos que se deslizó un error en la elaboración del cuadro de la malla curricular, en cuanto al número de horas de Estudios Sociales y Ciencias Naturales. Asimismo, por no haber citado que no se logró contactar con la Dirección de Comunicación para la versión del Ministerio. Esto se dio también porque el Acuerdo es un documento oficial y es la fuente documental de la noticia.

Publicidad

Respecto a la palabra cambio, se la usó porque la malla curricular incorpora actividades como Clubes y se aumenta la carga de Educación Física a cinco horas semanales. Además, se menciona que esa malla, es decir, con Inglés desde octavo año, es de obligatorio cumplimiento de planteles fiscales, fiscomisionales y particulares, estos últimos que sí ofertan Inglés desde antes de octavo año y en el marco legal no se citaba que estos pueden seguir haciéndolo.