11 de marzo del 2014

Ministro de Educación, Augusto Espinosa, emite el Acuerdo Ministerial 0041, que establece la malla curricular para la Educación General Básica con su respectiva carga horaria. Allí se señala que el Inglés se dictará desde el octavo año, con una carga de cinco horas semanales, y se especifica que esa malla es de obligatorio cumplimiento para planteles fiscales y particulares.

En una disposición transitoria se señala que solo cuando el Ministerio publique el currículo, disponga de los textos escolares y el talento humano necesario, se podrán modificar la malla y la carga horaria de Inglés.

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23 de marzo

Se informa sobre el acuerdo con base en lo que ahí se dispone.

En la tarde, el ministro, desde Brasil y por su cuenta de Twitter, menciona que lo que en el acuerdo se establecen son los mínimos obligatorios y que los planteles particulares podrán seguir manteniendo en su programación la enseñanza del idioma extranjero desde los primeros años.

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Esto también se reiteró en un comunicado del Ministerio.

El presidente Rafael Correa responde a reclamos hechos por Twitter. Por esa misma red menciona que lo que se está es "obligando a enseñar inglés al menos desde octavo de básica...".

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24 de marzo

Freddy Peñafiel, ministro subrogante de Educación, admite que en el país no hay maestros para impartir la cátedra de Inglés. Reitera que los particulares podrán seguir con la enseñanza en años inferiores y anuncia que esa cartera emitirá "un instructivo explicativo de la transitoria".

25 de marzo

En rueda de prensa y por videoconferencia desde Brasil, el ministro Espinosa culpa a este Diario y a otros medios de haber informado sobre el Decreto 0041 con mala fe. Pero allí se emite otro acuerdo, el 0052, como "normativa para la implementación e instrumentalización de la disposición transitoria contenida en el Acuerdo Ministerial Nº 0041".

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En este se establece, en cambio, como obligatoria la enseñanza del Inglés a partir del segundo año de básica, a partir del año lectivo 2017-2018 para el régimen Costa, y para el 2016-2017 en la Sierra.

También se detalla que Inglés también se podrá dictar en las horas de clubes, una materia que se crea en la malla curricular y que se implantará desde el próximo año lectivo.

 

Mediante una videoconferencia desde Brasil, el ministro de Educación, Augusto Espinosa, se lamentaba la mañana del pasado martes por lo que él calificaba de desinformación y hasta difusión de información falsa a las publicaciones de este Diario y de otros medios acerca de la vigencia del Acuerdo Ministerial 0041, del 11 de marzo del 2014, donde se establece la malla curricular obligatoria para la educación general básica de los planteles fiscales y particulares. Allí se establece que el Inglés se dará cinco horas semanales desde octavo año.

Así como Espinosa, el ministro subrogante, Freddy Peñafiel, y el ministro coordinador de Talento Humano, Guillaume Long, presentes en la rueda de prensa en Quito, también se quejaron por una supuesta mala información sobre el 0041. Sin embargo, en esa misma cita presentaron otro Acuerdo Ministerial, el 0052, como “normativa para la implementación e instrumentalización de la disposición transitoria contenida en el Acuerdo Nº 0041”.

Así, el Ministerio de Educación emitió dos acuerdos sobre el mismo tema. El primero permaneció sin difundirse durante 12 días, hasta que los medios lo hicieron el 23 del presente. Y dos días después, cuando hubo reclamos por redes sociales y otros medios, se elaboró otro.

El del martes especifica como obligatoria la enseñanza del Inglés a partir del segundo año de básica hasta tercer año de bachillerato, a partir del año lectivo 2016-2017 en el régimen Sierra y 2017-2018, en la Costa. Ahí también se dice que el Inglés se podrá dictar en las horas de Clubes, materia incluida en la malla curricular del Acuerdo 0041 y que se implantará desde el próximo año lectivo.

En el Acuerdo 0041 se señala, en el art. 3, que esa malla curricular, con cinco horas semanales de Inglés desde octavo de básica, es de “aplicación obligatoria” a partir del año lectivo 2014-2015, tanto en el régimen Costa como Sierra, “en todas las instituciones fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares del país”.

Espinosa, en su cuenta de Twitter y en su videoconferencia, aclaró insistentemente que los planteles particulares que ofertan Inglés en años inferiores a octavo podían seguir haciéndolo, aunque eso no lo especificaba el 0041. Sí lo señala el 0052, que faculta a aquellos, a los planteles particulares bilingües, los de Bachillerato Internacional y otras modalidades especiales autorizadas.

Esa explicación, de manera oficial, era la que esperaban algunos rectores de colegios privados como Maura Palma, de la escuela Tía Rosalba, en el Cisne 2, sur de Guayaquil. “Nosotros ya habíamos pedido los libros (de Inglés) y lo que estamos haciendo ahora es acomodando la materia en los clubes que están poniendo ahora”, refirió el martes, horas antes de conocer el nuevo acuerdo.

MALLA CURRICULAR

Educación Física

En la nueva malla de educación general básica se establece que desde primero hasta décimo año se impartan cinco horas semanales de la materia.

Clubes

En el art. 2 del acuerdo, se crean clubes de contenido artístico cultural, interacción social y vida práctica, deportiva y científica. Se darán tres horas desde primero hasta décimo.