Tres nuevas disposiciones emitió la Superintendencia de Comunicación e Información para los medios privados, públicos y comunitarios; las resoluciones respectivas, firmadas por Carlos Ochoa, se publicaron ayer en el Registro Oficial.

La resolución 011-SUPERCOM-2014 señala que los medios impresos deben incluir en cada publicación –diaria, semanal, quincenal, mensual o de cualquier periodicidad– un espacio en el que conste el total de ejemplares en circulación.

La información se ubicará en la parte superior derecha de su portada, en un cuadro de 6 cm de largo por 1,2 de ancho.

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La dirección Nacional de Auditoría Técnica estará encargada de verificar el tiraje de esas publicaciones, “con el fin de comprobar la veracidad de las cifras de circulación”.

Según el documento, en 180 días contados a partir de su publicación, los medios impresos deberán incluir además la numeración de cada ejemplar.

La resolución 014-SUPERCOM-2014, en cambio, obliga a los canales de televisión y a las radios privadas, públicas y comunitarias; y a los sistemas de audio y video por suscripción, a incluir en su programación diaria el himno nacional del Ecuador en castellano y kichwa, en dos horarios: 06:00 y 18:00.

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La 015-SUPERCOM-2014, asimismo, exige a todos los medios que clasifiquen los contenidos y señalen si estos son o no aptos para todo público.

En cada espacio se incluirán las siguientes letras: Informativos (I), Opinión (O), Formativos/educativos/culturales (F), Entretenimiento (E), Deportivos (D), Publicitarios (P), Propaganda (Pr) y Programas de Televenta (T).

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Resoluciones
CONTENIDO

Excepciones
El cumplimiento de la disposición de pasar el himno en los horarios señalados será diferido cuando se haya ordenado a los medios la transmisión de cadenas de programas oficiales educativos o de salud.

Vigencia
Las reglas entraron en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.