El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó hoy a Suiza a indemnizar con 6.000 euros (unos $ 8.253)  a un ciudadano peruano que decapitó a su mujer, por haberle privado de libertad durante 13 años, apoyado en dos informes psiquiátricos que luego fueron desmentidos.

Carlos Humberto Ruiz Rivera, de 58 años, hoy residente en Cuzco (Perú), asestó 49 cuchilladas a su mujer en Zúrich (Suiza), en 1995, tras haber consumido cocaína y alcohol. Después, le cortó la cabeza y la arrojó por la ventana del apartamento en el que vivían.

Un informe psiquiátrico determinó entonces que el demandante, que fue ingresado en una cárcel del cantón de Zúrich, sufría una esquizofrenia paranoica crónica y que abusaba de estupefacientes.

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En el  2001, un nuevo informe psiquiátrico confirmó los términos del realizado seis años atrás y, en 2004, otro informe corroboró el de 2001.

Entre el 2002 y 2004 el demandante solicitó en vano su puesta en libertad y se negó a tomar la medicación prescrita.

Un nuevo informe psiquiátrico realizado en el  2008 por orden judicial determinó que Ruiz Rivera se encontraba en un "estado de necesidad psicótica", sin que ello tuviera relación con una enfermedad esquizofrénica.

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En 2009, fue puesto en libertad provisional y expulsado a Perú.

La sentencia concluye por 4 votos contra 3 que Suiza vulneró el artículo 5.4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo al derecho del detenido a presentar un recurso sobre la legalidad de su privación de libertad.

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Además, señala el texto, el Tribunal administrativo de Zúrich debería haber celebrado una vista y añade que los informes de 2001 y 2004 "no eran lo suficientemente recientes para permitir apreciar la personalidad y el grado de madurez del demandante".

Ruiz Rivera había solicitado una indemnización de cerca de 900.000 euros en concepto de daños morales y materiales, aparte de 18.150 por gastos y costas, que el Tribunal ha rebajado a 6.000 euros.

El Tribunal de Estrasburgo considera por 4 votos contra 3 que la condena por el citado artículo 5.4 "constituye en sí misma una indemnización por todo daño moral sufrido".

La juez Hellen Keller (Suiza), apoyada por Dragoljub Popovic (Serbia) y Peer Lorenzen (Dinamarca), argumenta su voto disidente en que las autoridades "no tenían ninguna razón para poner en duda los informes psiquiátricos".

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Añade que no hubo "arbitrariedad" por parte de las autoridades suizas y que si el demandante no hubiera sido juzgado "irresponsable", habría tenido que cumplir una larga condena.

Los magistrados que votaron a favor fueron el presidente de la Sala Segunda, Guido Raimondi (Italia), Isil Karakas (Turquía), András Sajó (Hungría) y Paulo Pinto de Albuquerque (Portugal).

La sentencia es provisional, ya que es previsible que Suiza solicite la revisión del caso por parte de la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo.

Los jueces del TEDH, elegidos a título de cada uno de los países miembros del Consejo de Europa, no representan ni sirven en la Corte los intereses de sus respectivos países.