Desde diciembre, las promotoras están sujetas a nuevas reglas contenidas en el Reglamento a la Actividad Inmobiliaria, expedido por la Superintendencia de Compañías.

Esta norma limita las preventas de proyectos si no se cuenta con la propiedad del terreno, el presupuesto básico y las autorizaciones de ley.

La coordinadora general defensorial de la zona 8, María José Fernández, recuerda que con esta resolución el promotor ya no tendrá justificación para decir que le falta un trámite municipal para cumplir frente al consumidor.

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La funcionaria de la Defensoría del Pueblo, que tramita 150 quejas por atrasos en entregas desde el 2013, afirma que en el caso de constructores que están con demoras, la colectividad puede presentar su queja. “Nosotros estamos conociendo todos los casos”, sostiene.