La Contraloría General del Estado dictó un nuevo reglamento que endurece el control de los vehículos que usan las autoridades, funcionarios, administradores, servidores y trabajadores de las instituciones del Estado, y establece multas que van desde los cinco hasta los veinte salarios básicos unificados, además de la destitución.

El reglamento señala que los vehículos se deberán utilizar únicamente para cumplir labores "estrictamente oficiales y para la atención de emergencias nacionales o locales".

Además, detalla que las dos máximas autoridades de las entidades que conforman las funciones Legislativa, Ejecutiva, Judicial, Electoral, Transparencia y Control Social, entidades del régimen autónomo descentralizado, entre otros señalados en el artículo 225 de la Constitución, "pueden contar con un vehículo de asignación personal exclusiva, para fines institucionales. La máxima autoridad puede asignar un automotor para otras autoridades del nivel jerárquico superior de la entidad, aunque sin asignación exclusiva ni personal y solo para uso en días y horas laborables".

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En el caso del presidente y vicepresidente de la República, los funcionarios con rango de ministro, presidentes de las funciones del Estado, "podrán utilizar los asignados, sin limitación alguna, para el desempeño de sus labores oficiales".

El reglamento además obliga a que los vehículos oficiales sean  conducidos por choferes profesionales y con la respectiva orden de movilización y justificación. Esta movilización no será "indefinida y tampoco tendrá restricciones".

La movilización de los carros del Estado fuera del horario normal, en feriados o en fines de semana que involucre viáticos, deberá seguir un procedimiento a través de la página web de la Contraloría que involucra obtener una clave y cumplir una serie de requisitos. 

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También, entrega más responsabilidades a los conductores oficiales que van desde ser el custodio del vehículo hasta ser el encargado de verificar la vigencia de la matrícula y del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Denuncias

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El control de estos vehículos estarán a cargo de la Contraloría con el apoyo de la Policía Nacional, la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) y los cuerpos de seguridad y vigilancia de los municipios y la Policía Metropolitana, que emitirán los partes directamente a la Contraloría.

El uso de los automotores en actividades de proselitismo religioso, político partidista y electoral, o para publicidad y fines personales podrá denunciarse a la línea 1800 éticos (384267) y serán causales de destitución del cargo.