Los contribuyentes que tuvieron gastos personales deducibles superiores a los $ 5.090 durante el 2013 tienen que presentar este mes el anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI). Según el noveno dígito de la cédula o RUC, las fechas de vencimiento comenzarán el 10 y terminarán el 28 de febrero.

Este anexo es un reporte detallado de los gastos registrados por los contribuyentes en salud, alimentación, educación, vivienda y vestimenta.

Según José Almeida, jefe nacional de Servicios Tributarios del SRI, el contribuyente debe tomar en cuenta que el SRI hace validaciones de la información que se incluye en los anexos, pues hay errores frecuentes como el ingreso de números de RUC de proveedores. Tras verificar en su base de datos el SRI devuelve al contribuyente el archivo con el anexo, vía e-mail para que rectifique.

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También, si hay cambios respecto a las proyecciones de gastos tiene que hacerse una nueva declaración. Es decir, si en octubre proyectó por debajo de los $ 5.090, pero luego sobrepasó ese límite, además de presentar el anexo de gastos tiene que declarar con un nuevo cálculo del impuesto.

La deducción total por gastos personales no puede superar el 50% del total de los ingresos gravados, ni ser mayor al equivalente a 1,3 veces de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta. Es decir, por el ejercicio fiscal del 2013 se pueden deducir hasta $ 13.234.

Datos
establecimiento

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Facturas
En el anexo deben constar el número de RUC de la persona o establecimiento donde el contribuyente compró, el monto y cuántos comprobantes de venta o facturas le emitieron.