Para eliminar la figura de ‘error inexcusable’ de la legislación, como lo sugiere el informe elaborado por la veeduría internacional encabezada por Baltazar Garzón, se requiere de una reforma constitucional, según Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura (CJ).

Este ‘error inexcusable’ es una de las causales para la destitución de jueces que prevé la Ley de la Función Judicial.

En una exposición ofrecida por el funcionario en la sede de Diálogo Interamericano, en Washington, Jalkh señaló que dicha causal es constitucional y que “como funcionarios públicos debemos aplicar lo que las normas dicen, no podemos eludir responsabilidades”.

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Esta declaración la realizó como respuesta a una pregunta de Enrique Herrería, miembro del Observatorio de Derechos de Justicia. El exlegislador planteó que esa causal “es amplia, injurídica y permite que el CJ subjetiva y discrecionalmente sancione a los jueces, particularmente en los cuales hay intereses políticos del Estado”.

Según Herrería, en el Código no hay una definición objetiva de la figura del ‘error inexcusable’, “por lo que no se sabe lo que es y sería como juzgar algo que no está tipificado”.

Además, manifestó ayer que esta figura se contrapone con el artículo 168 de la Constitución vigente, que establece la independencia interna y externa de los magistrados. “Según el informe de veeduría, esta causal está sujeta a interpretaciones y constituye una injerencia a la actuación de los jueces”, afirmó Herrería a este Diario.

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Sin embargo, Gustavo Jalkh manifestó en dicho evento que cuando un juez no motiva una sentencia, puede ser “objeto de ‘error inexcusable’”.

“Existen errores inexcusables, en los que podría haber falta de motivación suficiente, como lo establece el mismo Código Orgánico de la Función Judicial y cuyas consecuencias pueden ser llamados de atención, de multas o suspensión si es que las consecuencias son gravísimas, tangibles...”, manifestó el representante de la Judicatura.

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Jalkh puntualizó que las decisiones administrativas que toma la CJ en el ámbito disciplinario pueden ser impugnables ante sede jurisdiccional y ante el Tribunal Contencioso Administrativo.

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En Washington
Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), aseguró que la institución ha tomado recomendaciones realizadas por la veeduría internacional como la creación de un Departamento de Recursos Humanos.