El reglamento a la Ley de Abono Tributario fue publicado ayer en el Registro Oficial con lo que entró a regir la normativa que regulará la entrega del Certificado de Abono Tributario (CAT). Este fue ideado por el Gobierno para suplir la falta de ATPDEA (Ley para la Promoción del Comercio Andino y Erradicación de las Drogas).

Para Felipe Ribadeneira, presidente de la Federación de Exportadores (Fedexpor), faltaría una resolución del Comité Administrativo de Abono Tributario que determine los montos y productos para hacer operativo al reglamento.

Una de las observaciones hechas por Fedexpor es que no se considere el monto máximo establecido para el CAT de acuerdo con la exportación del 2012, porque limitaría el crecimiento de ventas o el aparecimiento de nuevas compañías. Según Ribadeneira, esa sugerencia fue aceptada.

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Las disposiciones generales y transitorias del reglamento señalan que la Junta Bancaria, en quince días, emitirá las resoluciones para que las entidades financieras de la banca pública reciban los CAT a su valor nominal y que su aplicación surta efecto desde su recepción.