Sin establecer la cantidad de productos a beneficiarse, la Presidencia de la República promulgó, el pasado lunes, el reglamento de la Ley de Incentivos para el Sector Productivo, normativa con la que se espera compensar el déficit que experimenten los exportadores por el pago de aranceles a Estados Unidos, tras la finalización de la Ley para la Promoción del Comercio Andino y Erradicación de las Drogas (ATPDEA).

El texto establece seis competencias del Comité Administrativo de Abono Tributario, entre ellas: calificar a los beneficiarios del Certificado de Abono Tributario (CAT), definir los montos máximos anuales del beneficio por exportador, definir los mercados de productos internacionales de destino de las exportaciones nacionales, respecto a los cuales los exportadores hayan sufrido una desmejora en su nivel de acceso.

El artículo 7 estipula controles cada seis meses y que en el caso de las exportaciones hechas por vía marítima o terrestre se deberán entregar copias simples de las declaraciones de importación.

Publicidad

En cuanto a las aéreas, se deberán presentar copias simples de la documentación conferida por la autoridad de destino competente.

El Ministerio de la Producción informó que el reglamento fue remitido ayer al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

Documento

Publicidad

El reglamento de la Ley de Incentivos, elaborado por el Ministerio de la Producción, contiene trece artículos, dos disposiciones generales, tres transitorias y una disposición derogatoria.