La propuesta de la asambleísta María Augusta Calle (AP) para debatir si la figura del linchamiento mediático debería o no ser parte del nuevo Código Integral Penal (COIP) tuvo acogida en la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.

El presidente de esa mesa, Mauro Andino (AP), convocó a una sesión a las 09:30 de este miércoles para continuar con la aprobación del informe para el segundo debate del Código en el pleno de la Asamblea. En el comunicado, Andino puntualizó que se discutirá el planteamiento realizado por Calle.

La propuesta de la asambleísta sanciona con prisión de uno a tres años a quienes publiquen, instiguen a publicar o coadyuven a difundir, de manera concertada y reiterativa, información que afecte a la dignidad, la honra, el buen nombre o la presunción de inocencia de una persona natural o jurídica. La pena para los medios de comunicación sería del 2% de la facturación mensual y del 4% en caso de reincidencia.

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Para el asambleísta de oposición Luis Fernando Torres (PSC-CREO), miembro de la Comisión de Justicia, ya existe una figura penal que abarca en parte la protección a la que apunta el linchamiento mediático. Se trata de la calumnia.

Este delito ya es parte del informe borrador para segundo debate del Código, que fue divulgado en diciembre del año pasado. Está concebido como la falsa imputación de un delito y tiene una sanción de tres meses a un año de prisión.

Torres indicó que propondrá ampliar el sentido de la calumnia para sancionar también a las injurias que, sin referirse necesariamente a un delito, dañen el buen nombre y la reputación de una persona, para de esta forma evitar la aprobación del linchamiento mediático.

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Sin embargo, en la propuesta de Calle consta que el linchamiento mediático no solo protege la honra, la reputación y el buen nombre, sino también la integridad psíquica, la intimidad, el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a recibir información de calidad.

El Código Penal vigente contiene 14 artículos que describen y sancionan varios tipos de injurias. Esas figuras fueron recogidas por el proyecto de Código que el Ejecutivo envió a la Asamblea en octubre del 2011.

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No obstante, la Comisión de Justicia acogió solo a la difamación y la calumnia en el borrador de informe para segundo debate, dejando hasta el momento que las demás formas de injuria sean sancionadas pecuniariamente por la vía civil bajo la figura de daño moral.

La difamación se refiere a la divulgación sin autorización o justificación legal de los nombres y apellidos de los deudores, y está penada en el informe borrador con prisión de tres meses a un año.

Opiniones

Analizamos ampliar la calumnia para que sea (también) la imputación injuriosa que dañe el buen nombre... (así) no sería necesario pensar en linchamiento mediático”.
Luis Fernando Torres, CREO-PSC

Los asambleístas tienen que ponerse una vez la camiseta de la ciudadanía... La palabra linchamiento no alcanza a cobijar el daño causado por el linchamiento mediático...”.
María Augusta Calle, AP

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