El ministro fiscal del Guayas, Paúl Ponce, menciona que el delito de la usura se ha modificado con el tiempo y que actualmente existen organizaciones que se han tomado las calles y plazas para dar crédito estipulando altos intereses.

El delito de usura está tipificado en el artículo 583 del Código Penal del Ecuador y las penas van de seis meses a dos años de prisión y las multas entre los $ 16 y $ 311.

Mientras que el artículo 585 señala que será reprimido con prisión de dos a cuatro años y una multa de $ 1.000 el que encubriere, con otra forma contractual cualquiera, la realidad de un préstamo usurario.

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El ministro del Interior, José Serrano, durante la presentación del plan nacional contra la usura, identificó el sicariato, asesinato, narcotráfico y lavado (de dinero) como algunos de los delitos que estarían conectados directamente con esta actividad.

La línea 1800-delito (335-486) recibe las denuncias de usura.