La Contraloría General del Estado resolvió desvanecer las responsabilidades administrativas que había endilgado al expresidente del desaparecido Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (Conartel) Antonio García Reyes.

Esta decisión del organismo de control la informó el exfuncionario mediante una carta dirigida a este Diario.

El 5 de octubre del 2012, la Contraloría publicó en el diario estatal El Telégrafo una lista de funcionarios notificados con glosas u órdenes de reintegro de fondos. En ella García constaba con una glosa por 58.703,76 dólares y una orden de reintegro de 8.775,18 dólares.

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A propósito de esa publicación, el extitular del Conartel dijo que no se habían determinado sanciones administrativas en su contra por su actuación en ese ente, sino que se trataba de un proceso mediante el cual todos los funcionarios y exfuncionarios, una vez notificados como dispone la ley, podrán presentar descargos.

Ahora, con las resoluciones 0021, 3964 y 3965, que fueron adoptadas el pasado 22 de mayo por el organismo de control, García dice que culminan los exámenes realizados a su gestión al frente del Conartel.

“La Contraloría General del Estado, luego del proceso estipulado en la ley y habiendo evaluado los descargos presentados, ha resuelto desvanecer toda responsabilidad administrativa que se había endilgado en mi contra”, dice García en su misiva.

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De acuerdo con las resoluciones, también se desvanecen las responsabilidades civiles de Susana Aráuz Álvarez y María Verónica Morla Avilés, exdirectoras de Asesoría Administrativa Financiera; Franklin Mazón Figliole, Hernán Carrera Arancibia, Néstor Chiliquinga Mazón y Jorge Yunda Machado, expresidentes de Conartel, entre otros funcionarios.

La Contraloría realizó un examen especial a la gestión de García y Jorge Yunda, quien lo antecedió en el desaparecido Conartel, quienes eran los responsables de ejecutar las recomendaciones que el organismo hizo sobre la concesión de frecuencias el 2003 y el 2005.

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En el 2007, el organismo indagó sobre la entrega de concesiones en el periodo antes mencionado y detectó irregularidades. Sus recomendaciones eran de carácter vinculante.

Observación

“La glosa es observación que se formula en contra de un servidor público, tercero involucrado o beneficiario, conforme lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de la Contraloría, cuando se ha detectado un hecho que cause perjuicio económico y disminuya los recursos de la entidad u organismo, debido al incumplimiento de sus obligaciones y de procedimientos previstos en la ley, a efecto de que justifique suficientemente tal imputación”.