La Constitución del 2008 introdujo grandes avances en lo referente a derechos de las personas y de las comunidades, pueblos y nacionalidades, que se denomina parte dogmática.
El 14 de julio de 2014, integrantes del Movimiento de Mujeres presentamos una demanda contra la Asamblea Nacional y el expresidente de la República, como colegislador, para que se declarara la inconstitucionalidad del Código Orgánico Integral Penal, COIP, por falta de procedimiento especial y expedito para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia contra la mujer y otros sectores, establecido en el artículo 81 de la Constitución.
La información que los medios de comunicación han transmitido con mayor énfasis en los últimos meses es el hecho de que más de 80.000 personas, en su gran mayoría mujeres, han denunciado ser víctimas de violencia psicológica, generalmente dentro del círculo familiar, generando un verdadero caos en la función judicial que no alcanza a tramitar dichas causas.
La Asamblea Nacional ha aprobado un conjunto de artículos que reforman el Código Civil, referentes a cambios en el tema del matrimonio, divorcio, uniones de hecho, filiaciones, aspectos todos de mucho interés e importancia para todos, ya que la familia es nuestro primer círculo social y afectivo.
Este es el eslogan con el que los movimientos de mujeres del Ecuador resumen su oposición a la forma cómo está planteado el tema de la violencia contra la mujer.
La democracia, como todo proceso social, varía y se adecúa a las nuevas visiones de sus integrantes. Tradicionalmente entendíamos la democracia como un sistema de gobierno representativo, por el que la ciudadanía elegía a sus gobernantes y luego se desentendía de su control reservándose aprobar o rechazar la gestión del gobernante a través del voto.
La prudencia y la templanza son virtudes que debemos manejar en nuestras vidas cotidianas, si queremos tener relaciones armoniosas en nuestro hogar y nuestro entorno laboral y social.