A partir de este periodo lectivo en el régimen Costa, los planteles educativos fiscomisionales y particulares serán ubicados en categorías, según las cuales se regularán los valores de matrícula y pensiones.

Así lo establece el acuerdo ministerial 493 expedido el 14 de diciembre pasado.

Dicha regulación se dará en función del cumplimiento de los estándares de calidad.

Publicidad

La certificación de ubicación en una de las categorías establecidas por la autoridad educativa nacional será emitida por la junta distrital reguladora de pensiones y matrículas de la educación particular y fiscomisional.

Antes del inicio del año lectivo se expedirán los límites máximos que un plantel fiscomisional o particular puede adoptar como valores de matrícula y pensión, según la categoría a la que pertenezca.

Estas categorías serán revisadas cada dos años, según el índice inflacionario.

Publicidad

Cuando una institución educativa solicite una reubicación de categoría el incremento de costos, en caso de aprobarse, será progresivo y no podrá superar el 10% adicional al valor cobrado el año lectivo anterior.

Ayer, en el distrito Vergeles, unos cincuenta directores de establecimientos fiscomisionales y particulares del circuito 1 participaron en una sesión informativa.

Publicidad

Durante el transcurso de este mes y de febrero en las otras sedes distritales se llevarán a cabo otras sesiones con directivos y docentes de los diferentes circuitos.