Tal como solicitó la Secretaría de Comunicación de la Presidencia (Secom), el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó la denuncia en contra de su titular, Fernando Alvarado Espinel, por presunta utilización de bienes o recursos públicos con fines electorales a través de las cadenas en los medios de comunicación, durante el proceso electoral.

El pasado lunes, a las 22:10, el juez Guillermo González, 11 horas después de realizarse la audiencia de prueba y juzgamiento, emitió la providencia por considerar que “no existen indicios suficientes de que se ha cometido la infracción”.

En noviembre pasado, el presidente de Sociedad Patriótica (SP), Gilmar Gutiérrez, pidió al TCE que sancione al titular de la Secom por mal uso de recursos del Estado al haber ordenado la difusión de un documental que “denigra y afecta la imagen del exmandatario y candidato Lucio Gutiérrez”, el pasado 19 de noviembre, y a favor del presidente y candidato del oficialismo, Rafael Correa.

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En el producto comunicacional, de 34 minutos, la Secom cuestionó al gobierno de Lucio Gutiérrez por haberse declarado “aliado” de EE.UU. Además, difundió imágenes de su derrocamiento en abril del 2005.

El juez consideró que durante la audiencia los denunciantes no lograron comprobar la responsabilidad de Alvarado en la infracción prevista en el numeral 2 del artículo 276 del Código de la Democracia, que establece sanción para las autoridades o servidores públicos que usen bienes o recursos públicos con fines electorales.

Durante la audiencia el subsecretario jurídico de la Presidencia, Vicente Peralta, quien defendió a la Secom, señaló que Alvarado no dispuso la emisión de la cadena, porque salió del país del 13 al 18 de noviembre. También que los denunciantes se equivocaron al argumentar que la cadena fue difundida el domingo 19 de noviembre del 2012, y que esa fecha no existe en el calendario, sino lunes 19 de noviembre.

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Según el juez, “la defensa comprobó” en la audiencia que la fecha señalada en la denuncia no existe y que Alvarado al no encontrarse en el país “no pudo haber dispuesto la emisión de cadenas”, por lo cual ordenó el archivo de la denuncia.

Gutiérrez, quien dijo que no le sorprende la decisión del juez porque “la Función Electoral está sometida al correísmo”, anunció que apelará el fallo para que sea el pleno del TCE el que revise la denuncia en segunda instancia.

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El Centro de Observación Ciudadana calificó la providencia como un nuevo caso de vulneración al principio de seguridad jurídica en el país.

“Se ha omitido en la resolución decidir sobre los puntos controvertidos acerca de la indebida promoción electoral y el uso inapropiado de recursos públicos para su producción (de las cadenas), teniendo el agravante de que el Tribunal es de última instancia y su dictamen causa jurisprudencia en materia electoral”, dijo su presidente, Javier Buendía.