Estructurar instituciones con gente joven y para los jóvenes es uno de los objetivos del proyecto de Ley Orgánica de la Juventud, que está listo para su segundo debate en la Asamblea.

La propuesta fue elaborada por la Comisión de Derechos Colectivos y, según su informe, mejora y actualiza la Ley de la Juventud, que rige desde el 2001. Esta será derogada si se aprueba la norma.

El nuevo texto sugiere un carácter orgánico para así regular “el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales de las personas jóvenes”, a quienes define entre los 16 y 29 años.

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Plantea concretar dicha regulación a través de varias entidades: el Consejo Nacional Participativo de la Juventud (y los respectivos consejos regionales), la Asamblea Nacional Consultiva de la Juventud (y las asambleas territoriales) y el Instituto Nacional Participativo de la Juventud, que en conjunto constituyen el Sistema Nacional Descentralizado y Participativo de la Juventud.

El primer organismo planifica, formula y ejecuta las políticas pública, el segundo sirve de espacio de deliberación y análisis y el tercero investiga y sistematiza la información.

Todos están integrados por gente joven, aunque la cantidad de representantes varía.

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Algunos expertos en materia de la niñez y adolescencia califican el proyecto como positivo, pero advierten que la ley no debe quedar en “letra muerta”, como ocurre ahora, para realmente proteger los derechos de las personas que ampara y viabilizar las políticas públicas.

La legislación vigente habla de un Sistema Nacional constituido por el Consejo Nacional de Políticas de Juventud, el Instituto Nacional de la Juventud, los consejos locales y las organizaciones juveniles.

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La secretaria ejecutiva del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CNNA), Sara Oviedo, y la presidenta de la Fundación Nuestros Jóvenes, Margarita Carranco, coinciden en que esas estructuras jamás han funcionado.

Oviedo asegura que la ley actual ha sido incumplida durante más de una década porque las instituciones llamadas a articular las necesidades de un sector de la población solo existieron de nombre. Ella cree que esta omisión fue por falta de decisión política de parte de las autoridades estatales y el desinterés de los propios chicos.

Carranco considera que el texto está mejor redactado y es más garantista que aquel planteado en el primer debate.

Este tipo de normativa, explica Carranco, es importante porque regula derechos específicos para los jóvenes, como el de la educación y salud sexual, protección contra la violencia, trabajo, entre otros.

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Sin embargo, enfatiza que la Asamblea, el Ejecutivo y las instancias de Gobierno involucradas deben hacer seguimiento sobre la aplicación de la ley.

El asambleísta ponente César Rodríguez (antes de AP) comenta que hubo una activa participación de los jóvenes durante su elaboración de la normativa y que el 90% de sus opiniones fue incluido.

Dice que uno de los cambios introducidos, en relación con el texto del primer debate, fue asignar funciones y responsabilidades puntuales a las autoridades competentes.

El pasado 24 de julio, la Comisión de Derechos Colectivos envió el proyecto al presidente del Parlamento, Fernando Cordero (AP), para que fije la fecha para el segundo debate.

Más datos: Aspectos de la norma
Responsabilidad penal
Los adolescentes son penalmente inimputables y por tanto no serán juzgados por jueces ordinarios, sino bajo el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.

Pasantías
Se crea un Sistema de Pasantías para insertar a los jóvenes en la fuerza laboral.