El caso presentado por el coronel José Alfredo Mejía se inició en el 2000 y finalizó en el 2011.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (instancia mayor a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA ) emitió dictamen final en el caso Mejía Idrovo versus Ecuador y sentenció al Estado ecuatoriano al pago de indemnizaciones por los daños materiales e inmateriales, las costas y gastos causados.

Además, consideró que para lograr plenamente la efectividad de la sentencia, la ejecución debe ser completa, perfecta, integral y sin demora.

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Por ello, el ministro de Defensa Javier Ponce cumplió con la disposición del organismo internacional de publicar la sentencia (dictada en julio del 2011) en el Registro Oficial del pasado 5 de enero.

Tras agotar las instancias militares y civiles nacionales, el coronel José Alfredo Mejía Idrovo recurrió a la Comisión Interamericana de Derechos HUmanos en octubre del 2001 para denunciar actos de acción y omisión en su contra que empezaron cuando el Consejo de Generales de la época le negó el ascenso a general y siguieron cuando el presidente la República de ese periodo, Gustavo Noboa, firmó dos decretos ejecutivos con los que dejó de ser miembro de la Fuerza Terrestre y fue dado de baja.

Mejía Idrovo primero pidió la reconsideración de la negativa de ascenso al Consejo de Generales, sin respuesta favorable acudió al Tribunal Contencioso Administrativo y luego al Tribunal Constitucional que en abril del 2001 determinó que el coronel cumplía con los requisitos para recibir el reconocimiento y declaró que los dos decreto ejecutivos que le separaban del Ejército y le daban de baja eran inconstitucionales.

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Pese a ello el coronel señaló a este Diario que el Estado, visibilizado en el Gobierno y el Ministerio de Defensa de la época, no se hicieron eco de esta resolución y no le restituyeron en su cargo ni lo indemnizaron.

“Hubo una serie de manipulaciones hasta lograr sacar una nueva resolución unilateral por parte del presidente del Tribunal Constitucional de entonces que manifestaba que no podía reincorporarse a las FF.AA., pero aceptaba la indemnización”, expresó Mejía.

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Pero el impedimento de restitución del cargo quedó disuelto en el 2008 porque la Constitución vigente permitió que el coronel presente una acción de protección de incumplimiento en la Corte Constitucional y para que se lo reincorpore aunque no le ascendió a general.

En cuanto a la indemnización, Mejía señala que el Estado debe cancelarle aproximadamente $ 352.000 y si bien en conversaciones entre sus abogados y representantes del Ministerio de Defensa, estos últimos han mostrado apertura para hacerlo, señala que hasta ahora “no le devuelven nada.” El Estado tendría hasta julio de este año para ejecutar lo sentenciado por la CIDH.

Actualmente Mejía Idrovo se encuentra en servicio activo en situación de disponibilidad y no descarta iniciar otro proceso judicial en este momento porque –asegura– “el actual Consejo de Generales emitió otra calificación para el ascenso y le vuelven a decir que no cumple con los requisitos para general, pese a que el Tribunal Constitucional ya definió en el 2001 que sí cumplía.

El militar aseguró: “Cuando uno tiene los derechos no hay que dejarle a nadie (...) Mi caso seguirá abierto mientras yo no sea ascendido, los culpables no hayan sido sancionados de acuerdo a la ley y no se establezca el derecho de repetición”.

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