El decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Católica de Quito, Santiago Guarderas, aseguró hoy que la celeridad con la que se actúa en casos en los que se involucra al Presidente de la república o funcionarios del gobierno, "es una evidencia de que (Rafael Correa) sí ha metido las manos en la justicia".

Muy crítico respecto a las decisiones de las cortes respecto a casos en que se involucra a funcionarios públicos, Guarderas dijo en entrevista en Ecuavisa esta mañana, que se encuentran irregularidades en la función judicial debido a que esta es "obsecuente al ejecutivo, que simplemente trata de ser servil a la función ejecutiva".

Entrevista a Santiago Guarderas tomada de Ecuavisa

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Entrevistado a propósito del caso Dahik (exvicepresidente acusado de mal manejo de gastos reservados) en el que el fiscal Galo Chiriboga consideró que sí procedía conceder medidas sustitutivas respetando el art. 426 de la Constitución, que manda a los jueces aplicar directamente las normas constitucionales y previstas en instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más favorables a las establecidas en la contitución, Guarderas opina que en el caso de libertad de expresión no se han aplicado esos principios, como en el del exeditor de Opinión, Emilio Palacio, y del caso El Universo.

Expresa que en el caso El Universo y Emilio Palacio se encuentran irregularidades como la del juez temporal Paredes, un juez golondrina. O el caso de un conjuez de la segunda sala, porque el 21 de diciembre se lo llama para que asuma el despacho de todas las causas de la sala, pero sorpresivamente el 27 de diciembre, sin tomar en cuenta Navidad, en apenas 3 días, resolvió recurso de hecho; esto demuestra que se cumple la segunda política de estado que ha hecho esta revolución ciudadana, de distinguir entre ciudadanos de primera y segunda clase. Cuando son de funcionarios públicos, en esas causas se aplica el principio de celeridad, pero si se trata de ciudadanos de a pie las causas no se solucionan. Hay tantos juicios en que hay audiencias que no se dijan ni para dentro de un año, pero en estos casos como El Universo, 30S, se resuelven inmediatamente.

Sobre el fallo contra Palacio, dijo que el 27 de diciembre la sala resuelve el recurso de hecho en el cual no hay motivación por lo tanto esta providencia es nula. Simplemente el razonamiento, en apenas 4 líneas, dice que el recurso de nulidad y de apelación fue declarado en abandono y por consiguiente si el tribunal ad hoc declaró abandonado el recurso la providencia dictada es válida. "No hay razonamiento", sentenció.

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La segunda sala solo se ha lavado las manos, no han hecho análisis de artículos. La corte nacional para resolver recursos de casación deberá hacer ejercio de control de convencionalidad y establecer que esta figura de desacato, contenida en varios artículos, ya no existe y no responde a normativa de la Comisión Interamericana. "van a tener que declarar nulidad", señaló Santiago Guarderas.

El decano de Jurisprudencia de la Católica de Quito considera que hay varios casos en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dejado sin efecto las sanción penales impuesta por cortes americanas. "El problema es que aquí (Ecuador) cuando se trata de ventilar causas del Presidente o de funcionarios públicos la celeridad opera y no se toma en cuenta el debido proceso".

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Recordó que un funcionario voluntariamente se ha expuesto a un mayor escrutinio de la sociedad, y porque asuntos que conoce son de interés de toda la ciudadanía, no es que se deja de proteger honra o reputación de funcionario, sino que se es mucho más flexible, dijo al referirse a la protección de la libertad de expresión frente a la libertad de honra.