El presidente de la República, Rafael Correa, cuestionó que un juez de la Niñez y la Adolescencia del Guayas haya concedido a este Diario una acción de medidas cautelares por la cual se copió el disco duro de la computadora del Juzgado 15º de Garantías Penales, en la cual supuestamente el juez temporal Juan Paredes redactó la sentencia en su contra.

El pasado 24 de agosto, la defensa de EL UNIVERSO interpuso una acción de medidas cautelares para acceder a esa información. Esta fue concedida por el juez 11º de la Niñez y la Adolescencia, Carlos Ayala.

Dos días más tarde, el perito del Consejo de la Judicatura de Transición (CJT), Jaime Martínez, realizó la clonación del aparato, en presencia del notario 25º suplente del cantón Guayaquil, Nelson Gómez.

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En un conversatorio con la prensa de Guayaquil, el martes anterior, Correa dijo: “Vaya a revisar las leyes, si es que se puede requisar un disco duro de un juzgado. ¿Quién da esa orden? La de captar, confiscar el disco duro, decomisar, no sé el término exacto legal. ¿Pero quién da la orden, pues? Un juez de la Niñez y Adolescencia me parece. Entonces, cuando se le mete un juicio a un diario, es atentado a la libertad de expresión. Cuando se le mete un juicio y (hay) toda la presión mediática, judicial, persecución de toda índole al pobre juez que osó condenar a los otrora intocables, ahí hacemos mutis. ¿Sí se dan cuenta de la contradicción?”.

La reacción del mandatario en este caso contrasta con la que tuvo, hace casi dos años, cuando la jueza Octava de la Niñez y la Adolescencia de Pichincha, Elena Ortega, negó una acción de protección interpuesta por el canal Teleamazonas.

Mediante ese proceso, la estación de televisión buscaba dejar sin efecto la suspensión por 72 horas que le aplicó la Superintendencia de Telecomunicaciones por la difusión de una noticia sobre la supuesta afectación a la pesca en la isla Puná causada por la exploración de gas por parte de Pdvsa.

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En una intervención del 5 de enero del 2010, el presidente dijo: “El día de hoy, la jueza (...) de la Niñez y la Adolescencia donde Teleamazonas presentó el recurso diciendo que todo lo hecho era inconstitucional le dio de forma contundente la razón a la Superintendencia de Telecomunicaciones”.

Joffre Campaña, abogado de este Diario, explicó que tanto la Carta Magna como la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional permite a los ciudadanos entablar, de manera conjunta o por separado, dos acciones constitucionales cuando consideran que se están violando o podrían violarse sus derechos. Estas son la de protección y la de medidas cautelares.

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El artículo 7 de la ley indica que cualquier juez de primera instancia del lugar en donde se origina el acto u omisión o donde se producen sus efectos tiene competencia para darle trámite a esas acciones, que serán asignadas mediante un sorteo.

Ambas normas fueron aprobadas por mayorías afines al régimen en la Constituyente (2007-2008) y en la actual Asamblea Nacional.

El decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Católica de Quito, Santiago Guarderas, recordó que existe, además, una sentencia interpretativa de la Corte Constitucional que señala que, al momento de conocer estas garantías, todos los jueces (laborales, penales, de la niñez) se convierten en constitucionales.

En ese fallo, la Corte advirtió que si estos dictan sentencias que no pueden aplicarse, dicho organismo podrá destituirlos.

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El texto –con carácter vinculante– se publicó en el Registro Oficial del 29 de diciembre del 2010 (segundo suplemento).