Jueves 31 de marzo del 2011 | 14:29 Política

Demandas de Correa son un grave revés para la libertad de expresión, señala Human Rights Watch

Las acciones penales por difamación inciadas por el Presidente Rafael Correa contra sus críticos constituyen un grave revés para la libertad de expresión en Ecuador, señaló hoy Human Rights Watch. Ecuador debería derogar las disposiciones sobre calumnias, injurias y desacato de su Código Penal, indicó la organización.

Las diversas demandas realizadas por Correa suman 500 millones de dólares como monto de las indemnizaciones que, por daño moral o injurias, pide el presidente de la República. Los procesos los ha interpuesto –siempre a título personal– contra quienes considera que lo ofendieron.

En un comunicado, Human Rights Watch critica la decisión de Correa, quien presentó una demanda penal contra el editor de Opinión de El Universo, Emilio Palacio, y sus directivos: Carlos Eduardo Pérez Barriga, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Nicolás Pérez Lapentti. Correa pidió al tribunal que condene a cada uno de estos hombres a tres años de prisión y que aplique una multa de 50 millones de dólares. También reclamó 30 millones de dólares a la empresa propietaria del periódico.

“Las acciones del Presidente Correa destinadas a iniciar proces penales contra sus críticos constituyen una ofensiva directa contra la libertad de expresión”, afirmó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “En un sistema democrático, los presidentes no deberían usar el derecho penal para bloquear el debate público sobre sus actos y políticas”.

Correa afirma en su querella que la nota de opinión de Palacio, titulada No a las mentiras “de forma dolosa, inmoral y maliciosa [lo] injuri[a] e imput[a] falsos delitos, con el único afán de desprestigiar [lo], mancillar [su] honra y buen nombre”.

En su querella, Correa acusó a Palacio y a los tres directores de El Universo del delito de injuria calumniosa contra autoridad pública. El artículo 493 del Código Penal de Ecuador señala que serán reprimidos con hasta tres años de prisión quienes hubieran dirigido a la autoridad imputaciones que constituyan injuria calumniosa.

La causa se tramita actualmente ante un juez penal de la provincia del Guayas.

El comunicado de Human Rights Watch agrega que desde hace tiempo, organismos internacionales de derechos humanos critican el uso de leyes penales sobre difamación en casos de denuncias sobre funcionarios públicos que contribuyan a promover el dinámico debate público que resulta indispensable en una sociedad democrática. Los Principios sobre Libertad de Expresión adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2000 afirman que la protección de la reputación de los funcionarios públicos debe estar garantizada sólo mediante la imposición de sanciones civiles.

Añade que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los funcionarios públicos que “se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente... se ven expuestos a un mayor riesgo de sufrir críticas, ya que sus actividades... [se] inserta[n] en la esfera del debate público”.

La Corte sostiene que el honor de los funcionarios públicos o las personas públicas debe ser jurídicamente protegido “de manera acorde con los principios del pluralismo democrático”.

La aplicación de procedimientos penales por difamación debe limitarse a casos de “extrema gravedad”, en los cuales se haya demostrado la “absoluta necesidad” de utilizar tales medidas “en forma verdaderamente excepcional”, y en ese caso, la carga de la prueba debe recaer en quien formula la acusación.

Ejemplos en otros países
Human Rights Watch señala que en 2007, el Congreso de México despenalizó la difamación en el ámbito federal. En junio de 2009, Uruguay eliminó las sanciones penales contra quienes publiquen opiniones o información sobre funcionarios públicos o temas de interés público. En noviembre de 2009, Argentina eliminó las sanciones penales en casos relativos a información de interés público. En diciembre de 2009, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica derogó la pena de prisión para casos de difamación penal.

“Mientras otros países de la región avanzan hacia la despenalización de la difamación en cumplimiento de los estándares internacionales, el Presidente Correa lleva a Ecuador exactamente en la dirección opuesta”, afirmó Vivanco.

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