Al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) pocos fueron los informes de rendición de cuentas del Gobierno y otras autoridades públicas que llegaron como parte del cumplimiento al acceso y transparencia en la información pública.

Un informe que analizó el pleno del Consejo el pasado miércoles revela que de siete ministerios coordinadores solo uno ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, en su artículo 90: el Ministerio de Coordinación de Patrimonio.

Mientras que 19 ministerios y 9 secretarías de Estado cumplieron en el 0% con esta disposición.

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De un total de 221 alcaldías registradas en la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), solo 39 rindieron cuentas, es decir, el 82% no presentó su informe. Además, de 245 gobiernos provinciales solo 6 informaron sobre su gestión anual, y de 24 gobernaciones solo una lo hizo.

De las 799 parroquias registradas en el Consejo Nacional de Juntas Parroquiales, solo 16 informes de la provincia de El Oro llegaron hasta el Consejo, es decir, el 98% incumplió.

Desde la Función Legislativa, de los 124 asambleístas solo 9 enviaron sus informes, el 93% aún debe dar a conocer sus actividades y objetivos cumplidos el año pasado.

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En tanto, de 18 empresas públicas que constan en el Servicio de Rentas Internas (SRI), 2 entregaron su informe.

El consejero Luis Pachala explicó que, según la Ley del Consejo de Participación Ciudadana, las instituciones que conforman el Estado deben rendir cuentas una vez al año y mostrar el trabajo y objetivos cumplidos, la utilización del presupuesto, las contrataciones públicas, balances anuales...

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Recordó que los medios de comunicación social, tanto públicos como privados, también deben presentar informes de rendición cuentas, y en especial los medios estatales, pues “reciben recursos públicos”.

En ese sentido, dijo que los medios de comunicación privados por “desarrollar actividades de interés público, como es la información, deberán informar a la ciudadanía los niveles de cumplimiento de obligaciones, tributarias y de objetivos”.

Esto se ampara –expresó– en el artículo 7 de la norma del CPC, que establece que en el caso de que las entidades públicas no cumplan con lo dispuesto se remitirá una queja a la Contraloría para que inicie el proceso de investigación.