“Procedimos a pedirle de una manera muy cordial que soplara para ver si tenía aliento a alcohol, es ahí cuando el supuesto perjudicado toma una actitud agresiva, manifestándonos lo siguiente: “Policías hijos de p..., mal paridos... Lárguense de aquí..., y no conforme con esto lanzó un puñete a un compañero que logró esquivarlo”.

Lo descrito consta en el parte de novedades elaborado el 26 de julio por el cabo Armando Campoverde Llamuca, sobre la detención del ciudadano Omar Vidal Loor.

Sin embargo, a través de las cámaras del sistema Ojos de Águila se observa que Vidal nunca lanzó un golpe a los policías y más bien fue agredido y detenido acusado de escándalo en la vía pública.

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Nelson Argüello jefe del IV Distrito de la Policía, que abarca las provincias de Guayas, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Manabí y Galápagos, dice que en este año hay 1.062 informes de irregularidades de los policías, entre los que se incluyen la omisión o falsear el parte.

Estas denuncias las maneja la Unidad Provincial de Asuntos Internos (UPAI). Sin detallar los casos, el oficial anota que se ha sancionado con baja a 25 policías, se ha sancionado a 18, mientras que 4 fueron absueltos y otros 46 uniformados están a órdenes de la Fiscalía.

Argüello admite que por delito contra la fe policial (alterar documentos) sí ha habido casos. “Aquí sancionamos faltas disciplinarias; cuando hay la presunción de cometimiento de un delito, automáticamente pasamos a la orden de la Fiscalía, como lo señala la nueva Constitución”, dice el oficial.

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En diciembre pasado se inició el traspaso de los procesos contra militares y policías a la justicia común.

Voceros de la Fiscalía señalaron que en este año no han recibido denuncias por partes falseados y que en el caso Vidal se actuó de oficio.

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El parte policial es un documento con el que generalmente la Fiscalía inicia las indagaciones previas de los delitos, por lo que, a criterio de autoridades judiciales, este debe describir la veracidad de los hechos.

Jaime Sandoval Molina, fiscal séptimo de Delitos Flagrantes, comenta que uno de los errores que detectan en este documento es la falta de fluidez al narrar los hechos, porque estos son demasiado cortos y no informan necesariamente lo que sucedió, o informan hechos que no pueden tener mayor transcendencia y los realmente importantes de pronto no los informan.

Delito
“Si un policía cambia maliciosamente el contenido de la verdad histórica de lo que pasó, está cometiendo un delito contra la fe pública y puede ser objeto de un juicio penal por parte de la Fiscalía”, dice Sandoval.

Jorge Blum, fiscal de Delitos contra la Vida, manifiesta que lo que sostenga el policía debe ser acorde a la verdad, “porque si en un parte dice que es de noche y los testigos dicen que es de día, ahí algo pasó, todo tiene que ir con un nexo entre el uno y otro, como una cadena de eslabones, para poder justificar la existencia de un delito y quiénes participaron”.

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Ambos fiscales coinciden en que no se puede juzgar a un ciudadano solo por lo que se comunica en el parte, es por eso que usan varias herramientas para llegar a una conclusión y verificar quién dice la verdad.

“El reconocimiento de los hechos es una de las herramientas, podemos realizar versiones de testigos presenciales, la reconstrucción de los hechos, es decir, hay una serie de mecanismos a través de los cuales podemos llegar a determinar la verdad”, explica Sandoval.

El fiscal Pedro Intriago recuerda que un policía firmó en el parte que vio al detenido con el arma en su mano, pero al rendir la declaración en el juicio dijo que él no vio al sujeto con el arma; “entonces cómo se puede pedir una pena si las versiones no concuerdan”, señala.

Sandoval menciona un caso en el que el parte informaba la detención de un ciudadano acusado por tenencia ilegal de arma de fuego “pero en la audiencia del tribunal el uniformado negó la detención de la persona; al inquirirle la Fiscalía que eso estaba detallado en el parte el policía solo aseguró que otro compañero hizo la detención pero el nombre de el no constaba en el informe”.

Agrega que en este caso el policía adujo que le entregaron en calidad de detenida a la persona con esa arma; “entonces no lo puedo sentenciar porque el testigo que tiene que estar no fue citado y como fue audiencia de juzgamiento salió en libertad por el parte de detención”.

El fiscal de Delitos Flagrantes Daniel Rodríguez, enfatiza que si no hay parte de detención pero que ha llegado a conocimiento de la Fiscalía la presunción de un delito, de oficio se inicia una investigación. “Luego podemos llamar a ese policía para que rinda su versión y nos diga por qué no existe el parte y por qué no informó de la detención tanto a la fiscalía como a sus superiores”.

Intriago aclara que se deben tomar las versiones por separado a todos los policías que intervinieron en el caso. “Por más que se pongan de acuerdo siempre habrá ciertas contradicciones”, afirma.

“Esa es la parte primordial de nuestra función, no dar credibilidad totalmente a la denuncia ni al parte de detención. Tenemos que investigar y cuando tenemos la convicción cierta acusamos, si no nos atenemos a acusar”, anota Sandoval.

El fiscal Intriago explica que una vez que se elabora el parte, el fiscal y el juez hacen la audiencia de calificación de flagrancia y “es ahí, en el parte, donde constan las circunstancias; el parte es un documento en el que debe estar contemplada la realidad de los hechos”.

Textual: Opiniones
Nelson Argüello
Jefe del IV Distrito de la Policía
“Un parte mal elaborado distorsiona la información, por eso se está capacitando al personal”.