Miércoles 10 de marzo del 2010 Seguridad

Los fiscales también justifican su accionar

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Una reunión con representantes de los jueces sostuvo el pasado 27 de febrero el presidente del Consejo Nacional de la Judicatura, Benjamín Cevallos (c), para analizar la problemática.

Un informe en el cual detallan el porqué no solicitaron la prisión preventiva o pidieron otras medidas alternativas es lo que presentaron los seis fiscales de la Unidad de Delitos Flagrantes: Stalyn Naranjo, Mauricio Suárez, Hipólito Rivadeneira, Jaime Sandoval, Wilson Castillo y Santiago Gallardo, al ministro fiscal del Guayas (e), Santiago San Miguel.

El coordinador (e) de la Unidad de Delitos Flagrantes de la Fiscalía adjunta a la Policía Judicial del Guayas, Santiago Gallardo, expresó que si el Consejo Nacional de la Judicatura ha determinado que no existe ninguna irregularidad en los casos que ellos determinaron, estudiando la conducta de los jueces, eso asocia a la acción del fiscal, quienes tampoco habrían cometido irregularidades.

“Si el informe de la CNJ determinó que no existen irregularidades en las actuaciones de los jueces de garantías, eso automáticamente implica que las actuaciones de los fiscales no han sido incorrectas bajo ningún concepto”, dijo Gallardo quien también envió un informe al Ministro Fiscal por su actuación al no haber pedido la prisión preventiva a un policía que fue detenido por tenencia de armas el día que ya no estaba en servicio.

Gallardo manifestó que en los casos en los cuales los fiscales no han iniciado instrucción a algún detenido es porque no existen méritos para ello.

“Por ejemplo, cuando la policía hace un operativo revisa a cinco ciudadanos, pero resulta que solo a uno de ellos se le encontró un arma. La Policía los lleva a la Policía Judicial y hace un parte a los cuatro por tenencia de arma, pero como el delito de tenencia de arma es personalizado, nosotros solo procesamos a la persona que tiene el arma... Sin embargo, en el informe (Juan Ruales, jefe provincial de policía) lo que hace es generalizar”, sostuvo Gallardo.

El fiscal Mauricio Suárez, otro que es investigado, espera que se estudie su actuación, la cual –dice– fue jurídica, técnica y constitucional.

Según el estudio hecho público el pasado lunes por el Consejo Nacional de la Judicatura, existen tres grupos de casos que demuestran la actuación de jueces y fiscales para permitir la salida de detenidos, especialmente por tenencia de armas.

Un escenario es que la fiscalía no haya formulado cargos contra los capturados y por eso el juez encargado dispone su inmediata liberación.

La segunda alternativa es que la fiscalía haya sustituido la prisión preventiva por otras medidas legales, tales como la prohibición para salir del país.

Mientras que en el tercer grupo de casos, los jueces determinaron que no era necesaria la prisión preventiva (solicitada por la fiscalía), por diversas causas.

En casos como los manejados por el juez vigésimo sexto de Garantías Personales, Ubaldo Macías, donde estaban involucrados policías nacionales o funcionarios municipales, él consideró que sus cargos le daban un “arraigo social suficiente que permite tener la certeza de que comparecerá a la investigación las veces que así le sea requerida”.

El mencionado informe recordó que desde las modificaciones penales hechas hace un año, “endurecieron los requisitos para el dictado de una prisión preventiva”, la misma que quedará a consideración del juez respectivo.

Ese funcionario judicial deberá tomar en cuenta que existan indicios “suficientes” y “claros” sobre la existencia de un delito de acción pública, de que el procesado fue autor o cómplice y que merece una pena mayor a un año, así como la necesidad de apresarlo para garantizar que irá a las audiencias respectivas, añadió el documento.

El CNJ rechazó que en el informe de Ruales se hayan nombrado personas aún detenidas.

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