miércoles 03 de marzo del 2010 Columnistas
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Nicolás Parduccinparducc@electrocom.info

¿Controlar los barrios? II

La participación ciudadana en la actividad legislativa se juzga más teórica que práctica y, por tanto, frustrante, al no atenderse en la Asamblea Nacional los puntos de vista de los afectados, en temas que parecen lógicos a los proponentes.

Un ejemplo palpable se puede percibir en estos días finales de la tramitación, en la referida Asamblea, del proyecto del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, conocido como Cootad.

A pesar de haber sido recibida y escuchada por varios asambleístas y comisiones legislativas, la Confederación Nacional de Barrios del Ecuador –Conbade– no ha logrado que se atiendan todos sus requerimientos, pues se están excluyendo en el proyectado Cootad dos cuestiones fundamentales:

-La una es que las normas a las que deba ceñirse la creación, funcionamiento y participación de las organizaciones barriales, comités barriales, consejos barriales o como quiera que se llegue a denominarlos en la Cootad, en la vida y administración de los gobiernos autónomos descentralizados, no se generen precisamente en estos mismos.

Para comprender la magnitud del problema que puede surgir, invito a pensar qué ocurriría si, en cada cantón, el respectivo concejo municipal dictara su “ordenanza barrial” determinando los requisitos de existencia, la forma de administrarse y participar en la vida comunitaria, así como los límites de su influencia en la planificación, control y desarrollo de la administración local.

Pregúntese: ¿cuántas modalidades de organización barrial existirían? Seguramente se respondería: tantas cuantos cantones existan.

Otra pregunta para usted: ¿y si también las juntas parroquiales rurales, en las que, por supuesto, también existen barrios, igualmente pudieran normarlos, cuántas otras modalidades de organizaciones barriales existirían?

¿Y si suma ambas vertientes, cuántas totalizaría?

Por eso es necesario que sean de carácter nacional las reglas sobre la creación, funcionamiento y participación de las organizaciones barriales, iguales para los habitantes de todos los cantones y parroquias rurales del país.

No es difícil comprender las ventajas de un sistema normativo respecto del otro.

Ahora bien: ¿dónde deben constar esas pretendidas normas generales, nacionales?

Sin duda en el Cootad, que se refiere precisamente a la organización territorial, pues a nadie escapa que las organizaciones barriales se gestan, precisamente, en territorios determinados.

Pero, como no se atendieron las advertencias y explicaciones que oportunamente se hicieron, debido al actual sistema de legislar y por las presiones de tiempo, dicen los expertos que ya no se puede cambiar lo proyectado del Cootad, que avanza arrolladoramente.

-La otra cuestión, como tabla de salvación, evitando el caciquismo cantonal o parroquial, es ordenar que se incorpore en una de las disposiciones transitorias del Cootad la orden de expedir una Ley de Barrios, que atienda debidamente los temas atinentes a una adecuada organización ciudadana en los barrios, que en el pasado y en el presente ha sido positiva y no solamente en las zonas urbano-marginales, como recordamos aquí, en Guayaquil.

¿Aceptaría usted ambas propuestas? ¿Sería tan amable en darme su opinión?

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