Domingo 07 de febrero del 2010 Economía

3.963 entes no publican planes de contratación

QUITO

Solo una tercera parte de las entidades contratantes del sector público y de entidades especiales que reciben el 50% de dineros públicos han cumplido con la obligación de publicar sus Planes Anuales de Contratación (PAC).

Esto se concluye de los datos entregados por el Instituto Nacional de Contratación Pública (Incop), que el viernes pasado informó que “hasta el momento, alrededor de 2.000 entidades han subido el PAC” al portal de Compras Públicas. Esto, de un universo total de 5.963 entidades, por lo que hay 3.963 incumplidas.

Según la nueva Ley de Contratación Pública, el plan debía ser “publicado obligatoriamente (por entidades contratantes y por las que reciben 50% de su presupuesto del Estado) en la página web de la entidad contratante dentro de los quince  días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal Compras Públicas”.

Pese al reporte de Incop, que informó que las más importantes entidades del Estado sí habían cumplido con el tema y que más bien eran entidades ubicadas en regiones remotas, con pocas facilidades informáticas, las que habían incumplido, este Diario pudo verificar que una buena parte de entidades grandes  no hicieron públicos los planes en sus páginas webs. Pero, en varios de los casos, estos sí fueron entregados al Incop.

Por ejemplo, no se publicó en la web del Ministerio de Finanzas su PAC, pero fuentes extraoficiales de Incop dijeron que esta entidad sí entregó los datos a tiempo, pero al portal del Instituto. En la página web de Petroecuador consta solo la Ley de Transparencia y no sus planes de contratación, pero Incop confirmó que sí les entregaron los datos.

El Ministerio de Educación había publicado en su web su PAC, pero del 2009; caso similar era el del Banco Central.

El Incop informó que al no ser un ente sancionador emitirá a la Contraloría del Estado el listado de las entidades que no cumplieron con este requisito.

El PAC debe contener las obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se contratarán durante el año en curso.

Detalles: Reforma
Reglamento
El Instituto Nacional de Contratación Pública  señaló que el reglamento de la ley establece también que el Plan Anual de Contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad o su delegado, mediante resolución debidamente motivada.

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