Una nueva variación efectuó la Aduana en el listado de artículos que puede ingresar  un pasajero sin pagar impuestos por vía aérea.

El ente aduanero incorporó nuevos bienes y amplió las especificaciones de otros que ya se encontraban en el listado de los efectos personales que puede traer un viajero.

La Aduana considera como un efecto personal a un grupo de artículos, nuevos o usados, que como equipaje llegan con el pasajero o grupo familiar.

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Como una reciente incorporación se permite que un pasajero puede entrar al país máximo 5 litros de bebidas alcohólicas y 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades.

En la anterior disposición no se incluía el ingreso de cajetillas, pero se determinaba que máximo se podían entrar tres botellas de licor. Además se agregan a la lista adornos para el hogar e instrumentos portátiles usados para jardinería.

Dentro del nuevo listado, la Corporación Aduanera Ecuatoriana puntualiza que el viajero puede llegar hasta con dos consolas para videojuegos; una puede ser nueva y la otra usada. En la lista antigua se indicaba que podían ser dos consolas de videojuegos, sin embargo, no se aclaraba si las dos podían ser nuevas o usadas.

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Un funcionario de la entidad explicó que con la nueva lista se busca ser más específico y evitar conflictos en casos donde el pasajero no tenía en claro qué es lo que podía entrar sin pagar tributos.

Y aunque ya se incluía la posibilidad de traer hasta un televisor (nuevo o usado), la Aduana ecuatoriana amplió el tamaño permitido. Antes solo se podían entrar sin pagar tributos un aparato de hasta 14 pulgadas. Ahora la entidad admite que puede ser hasta de 21 pulgadas.

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Sucedió lo mismo para el caso de los monitores de computadoras, pues hasta fines de octubre solo se podía pasar hasta de 17 pulgadas.

Actualmente la normativa permite el acceso de un monitor de computadora de hasta 21 pulgadas.

El resto de bienes que ya estaban en la lista  (ver detalles) no ha sufrido modificaciones. No obstante, en la normativa se anota que se considerará como un efecto personal un bien no especificado, que no tenga restricción ya sea por volumen, cantidad o tamaño, cuyo valor no supere los 500 dólares.

La Aduana menciona que calificará como un bien tributable todo artículo que sobrepase la cantidad mencionada en el listado y que no haya sido declarada previamente por el pasajero.

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Por ello, la entidad recomienda que todos los bienes que califiquen como tributables sean puestos en la declaración aduanera simplificada de viajeros que se entregan durante los vuelos.

Si el valor de las mercancías que porta un pasajero supera los 2.000 dólares o su equivalente en otra moneda, la Aduana no permitirá que salga por la  sala de arribo.

En este último caso, el viajero deberá hacer los trámites como si se tratase de una importación normal.

Al momento la institución prepara un folleto con el listado actual de todos los artículos o efectos de pasajero que pueden ingresar sin pagar impuesto.
Estos serán distribuidos, como parte de una campaña, en los aeropuertos y la entidad, según una funcionaria de la entidad.

Detalles de bienes que se mantienen en el listado

Prendas
Los efectos personales que se pueden traer sin pagar tributo y que se mantienen de la anterior lista son: prendas de vestir, artículos de tocador, joyas, bisutería, adornos personales.

Memorias
También constan máximo seis memorias digitales para cámara fotográfica  o computadora, máximo 10 videojuegos como casete, CD, o similares. Hasta 3 utensilios de cocina eléctricos.

Aparatos
Ser pueden ingresar hasta dos artículos (uno nuevo y uno usado) de los siguientes ítems: cámara fotográfica, filmadora, celular, agenda electrónica, calculadora electrónica, entre otros.