Lunes 09 de noviembre del 2009 Política

Comisión debatirá índice de nueva Ley de Comunicación

QUITO

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QUITO. La comisión ocasional de Comunicación se reúne esta semana para continuar la discusión de la ley; PAIS presentó una propuesta de índice.

En esta semana, la comisión ocasional de Comunicación de la Asamblea tiene previsto aprobar el índice de lo que será la Ley de Comunicación, en la que el régimen insiste en la creación de un organismo de control,  en el registro de los medios de comunicación social y el control de contenidos.

La propuesta de índice fue elaborada por los asesores y asambleístas de PAIS, y circuló entre los miembros de la comisión ocasional para que hoy, cuando se reúnan a partir de las 10:00, se analice el contenido y luego se apruebe.

Hasta la semana anterior se aprobaron los principios generales de los medios, establecidos en quince artículos, donde se destacan los textos relacionados con el uso y acceso al espectro radioeléctrico, la no censura previa para la emisión de información, pero con responsabilidad ulterior.

Según el asambleísta Fausto Cobo (PSP), en los principios aprobados se determinó la no censura previa para la emisión de información, pero así mismo se señala que habrá responsabilidad ulterior, es decir, que ningún medio de comunicación o periodista puede ser impedido de publicar una noticia, pero si hay un afectado puede acudir a las instancias judiciales para el reclamo e incluso a la Corte Constitucional.

Sin embargo, el asambleísta Ángel Vilema (PAIS) manifestó que más adelante en la ley se incluirá un texto donde se puedan aplicar incluso responsabilidades administrativas a los medios que publican o emiten informaciones que atenten contra la seguridad del Estado o afecten los derechos.

Si no hay rectificaciones, el órgano regulador podrá sancionar con amonestaciones y suspensiones  al medio, dependiendo de la gravedad.

Esto preocupa al asambleísta Cobo  porque, a su criterio, con el esqueleto de la ley establecido en el índice que puso a circular PAIS, se plasma la creación un organismo de control para aplicar sanciones administrativas a los medios.

Respecto al uso y acceso al espectro radioeléctrico, el artículo aprobado se redactó de forma general, a fin de que la Ley de Telecomunicaciones desarrolle el contenido como porcentajes y condiciones para acceder a una frecuencia.

El texto que pasó en la comisión determina que las personas naturales o jurídicas, a través de procesos transparentes, tienen derecho al acceso  de frecuencias en igualdad de condiciones y se podrán crear medios públicos o privados; y el acceso a las bandas libres para la explotación de redes inalámbricas y otras tecnologías.

Con este artículo, según el asambleísta Vilema, se bloquea toda posibilidad de monopolio y el oligopolio de los medios de comunicación.

Información pública
La información pública y en general cualquier información que se encuentre en poder de las entidades del sector público o entidades privadas que tengan o administren fondos públicos, sean concesionarias o presten servicios públicos, se someterán a los principios de transparencia, difusión y divulgación de la información.

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El Estado adoptará medidas de política pública para mejorar las condiciones para el acceso y ejercicio de los derechos de la comunicación a colectivos humanos que se consideren en situación de desigualdad real.

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