martes 03 de noviembre del 2009 Columnistas
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Hernán Pérez Loose

La revocatoria del mandato

Una de las diferencias claves entre la forma de gobierno parlamentaria y presidencial es que mientras en esta última los miembros del órgano colegiado de representación popular (llámese “congreso”, “asamblea”, etcétera)  son elegidos por un periodo fijo, al igual que el Presidente de la República, en la fórmula parlamentaria los miembros del Parlamento pueden concluir sus labores antes del vencimiento del plazo para el que fueron elegidos. Esto último puede suceder porque el Jefe de Estado, generalmente a pedido del Jefe de Gobierno, puede disolver al Parlamento y convocar a nuevas elecciones.

Esta diferencia entre las dos formas de gobierno dejó de ser tan clara con el advenimiento de la Constitución francesa de 1958. Con dicha Constitución, Francia se acercó al modelo presidencial estadounidense, pero conservando algunos rasgos de la forma parlamentaria que dejó atrás bajo el liderazgo de De Gaulle. Uno de estos compromisos entre la fórmula presidencial y la parlamentaria fue precisamente el otorgar al Presidente de la República el poder de disolver la Asamblea Nacional  y de convocar a nuevas elecciones anticipadamente (artículo 12). Con la disolución de la Asamblea Nacional también cesan en sus funciones los ministros –elegidos del seno del Parlamento como en todo sistema parlamentario–.

Conocido como “semipresidencial” (precisamente por la mixtura de los dos sistemas tradicionales), el modelo francés tiene evidentes riegos, los cuales son minimizados no solo porque el Senado no se disuelve sino por la enorme autoridad que tienen el Consejo Constitucional y el sistema electoral.
Un ejemplo típico de los riesgos del modelo francés es el Ecuador de hoy.

En toda democracia constitucional el camino deseable para frenar el abuso de uno de los poderes es el camino institucional. Ese se ha cerrado, lamentablemente, en el Ecuador.  No solo por la arquitectura del modelo ecuatoriano (“hiperpresidencialista”) sino por el servilismo de quienes están al frente de los otros poderes que han llegado al extremo de darle más poder al Jefe de Estado del que ya le concede la propia Constitución.

Cerrado el camino para que la dictadura termine por la acción de los otros poderes del Estado –que, repetimos, es lo más sano–, el otro camino que queda es revocarle el mandato al Presidente.  No nos engañemos, sin embargo. Este es un mecanismo contemplado en la Constitución precisamente para consolidar más el poder del Presidente, no para disminuírselo como cínicamente dicen sus autores.  ¿Puede un dictador que ya ha atropellado todas las reglas electorales y tiene sometidos a los órganos electorales dejar de hacerlo “por una sola vez”?

Pero extremo como es, la revocatoria del mandato parce ser el único camino viable por el momento. Hasta ahora Carlos Vera parece empeñado en hacerlo. Solo hay que esperar que Vera no confunda la adhesión a este legítimo empeño como un apoyo a su persona y menos como una adhesión al injustificado y mezquino ataque a Xavier Alvarado Roca, plasmado en su libro del tipo kiss and tell con el que ha terminado su carrera periodística.

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