Desde ayer, la web del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (www.iess.gov.ec) tiene disponible el link que permitirá a los afiliados que no desean recibir sus fondos de reserva en forma mensualizada, manifestar esta decisión.

Al ingresar a la página del IESS aparece del lado izquierdo un aviso que dice Fondos de Reserva, y tiene dos entradas en las que puede hacer clic: Solicitud de Acumulación y Requisito de Devolución.

En la primera, los interesados deben tener en cuenta que la fecha en la que hagan este trámite coincida con el último dígito de su cédula de identidad (C.I.). En ese sentido, ayer solo podían acceder a la solicitud quienes tuvieran C.I. terminadas en 1.

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Al entrar a Solicitud de Acumulación se le pedirá escribir su C.I. y su clave de historia laboral. Para quienes no tienen esta última, aparece otra opción más abajo para que hagan el trámite respectivo.

Si ayer un afiliado con cédula terminada en 4, por ejemplo, intentaba entrar, el sistema le informaba sobre el calendario.

A los terminados en 1, en cambio, se les abría una página en la que se detallaba su calificación de derecho a fondos de reserva mensual, esto es si el afiliado precalifica para la devolución mensual.

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También los datos del solicitante, los de su cuenta bancaria y los periodos de acumulación (número de aportaciones acumuladas y el capital acumulado más intereses).

Más abajo de esta información aparece la solicitud de no recibir los pagos mensualmente del patrono: “Por medio de la presente, autorizo al IESS a realizar el cobro y acumulación de mis fondos de reserva de acuerdo a la ley vigente; causado por el (los) empleador (es) en donde presto  servicios”.

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El IESS, entonces, le advierte al interesado que una vez registrada y aceptada la solicitud de acumulación, “no podrá ser anulada hasta el cumplimiento del plazo establecido en la ley vigente (dos años), por lo cual es de suma importancia la decisión tomada”.

Luego de cumplido este plazo, señala el sistema: “Usted deberá realizar una nueva solicitud de acumulación mensual si desea seguir teniendo sus fondos de reserva en el IESS”.

Este proceso se podrá realizar hasta el 15 de julio. La ley aprobada señala que el 8,33%, correspondiente a estos recursos, sea pagado por los empleadores cada mes con el salario.

Requisitos
En la opción Requisitos de Devolución que aparece en el link sobre Fondos de Reserva del IESS, se explica al afiliado que no debe tener mora patronal, mora en créditos de historia laboral o bloqueos totales en la cuenta individual ni cargos pendientes.

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Cronograma
Hoy pueden ingresar su solicitud de acumulación del fondo en el IESS quienes tengan cédulas terminadas en 2. Si no, el IESS asumirá que los afiliados quieren recibir su pago mensualizado.