En una reciente entrevista, el Presidente Correa me ha acusado de ser un arribista.

Según el diccionario, un arribista es una “Persona que progresa en la vida por medios rápidos y sin escrúpulos”. Escrúpulo es una “Duda o recelo que punza la conciencia sobre si algo es o no cierto, si es bueno o malo, si obliga o no obliga; lo que trae inquieto y desasosegado el ánimo”. Es decir, quien no tiene escrúpulos es una persona que carece de una virtud que le permite cuestionar a su interior si sus actuaciones son éticas y morales.

En definitiva, el ciudadano que ejerce las funciones de Presidente de la República, ha proferido declaraciones públicas orientadas a manchar mi reputación, a través de la difamación señalada, afirmando que los progresos que,  según afirma, tengo en mi vida, estarían reñidos con la moral y la ética, lo cual, por absurdo, no requiere de desmentidos.

En el año 2003, también Febres-Cordero intentó, sin éxito, manchar mi reputación. Como consecuencia de ello inicié en su contra un proceso civil por daño moral. El proceso ha durado ya casi seis años y, de no haber sido por una justicia corrompida y sumisa, habría sido ya sentenciado.

Señalé en aquel entonces, citando a Rousseau, que “Las injurias son los argumentos de que se valen los que no tienen razón”. Hoy confirmo nuevamente, con pesar, tan sabia frase.

No obstante, hasta ahora no he escuchado del Presidente una sola réplica sustentada a los cuestionamientos severos que a su gestión y pensamiento he realizado. Hasta ahora, por ejemplo, no hay respuesta constitucional a mi análisis de que la afirmación de que el Presidente de la República, por ser Jefe de Estado es Jefe de todo el sector público, constituye un sofisma.

Como obviamente no se puede defender lo indefendible, recurre al mismo argumento de quienes no tienen razón, es decir, a la injuria y a la difamación.

Qué lástima y qué pobreza. Es evidente que el Presidente ignora o no le importa, que la Constitución ecuatoriana reconoce y protege los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones, así como a comunicar y recibir libremente información a través de la palabra y también a través de cualquier otro medio de difusión, derecho incuestionable que debe ser interpretado a la luz de las propias normas constitucionales relativas a los derechos y libertades fundamentales. Es evidente que ninguno de tales derechos o libertades tiene carácter absoluto. El límite inmanente son los demás derechos fundamentales y entre ellos los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. El denominador común de todos los ataques o intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección de este derecho es el desmerecimiento en la consideración ajena como consecuencia de expresiones proferidas en descrédito o menosprecio de alguien o que fueren tenidas en el concepto público por afrentosas, especialmente cuando tales ofensas no prestan utilidad funcional alguna. Se equivoca el Presidente si cree que puede  difamar e insultar a todo el mundo todo el tiempo.

Es por eso que el ordenamiento jurídico protege el derecho al honor. Depende de los ciudadanos aceptar las injurias o combatirlas. Creo que no es necesario expresar mi decisión. Los autócratas, ciudadano Presidente, no tienen cabida en el país. Parece que usted no ha aprendido la lección de la historia. Habrá que enseñarle.