QUITO. El informe sobre la creación del Banco del Afiliado entrará en primer debate en el ‘Congresillo’ el próximo martes.
Según el cronograma establecido por el Consejo de Administración Legislativa, en dos semanas más deberá estar aprobado el proyecto de ley de creación del Banco del Afiliado.
El informe para el primer debate se presentará el lunes y el debate será el martes.
Uno de los temas que ayer impidieron la aprobación del informe, y que pasó a consulta con el IESS y el Gobierno, se refiere al capital inicial del banco, pues el Gobierno planteó que debe tener el capital pagado inicial de $ 200 millones. Pero el presidente de la Comisión de lo Tributario, Jaime Ruiz (PAIS), comentó que está en discusión la posibilidad de endosar al directorio del banco la definición del monto y no por ley.
El punto que quedó superado es la conformación del directorio, pues según Ruiz, integrarán ese organismo el presidente del Consejo Directivo del IESS, un delegado del Presidente de la República escogido de una terna que remitirá el Ejecutivo, un delegado del Consejo Directivo designado por el Presidente de la República de una terna, un representante de los afiliados y otro de los jubilados.
Según el legislador, la presencia de los afiliados y jubilados dentro del directorio se concretó no como una representación gremial que corporativice las resoluciones de la institución financiera, sino para contar con el concurso amplio, en este caso de los afiliados y jubilados.
Sin embargo, los dirigentes de los jubilados siguen planteando la posibilidad de ampliar el directorio admitiendo un delegado de los empleados y disminuyendo la representación del Gobierno. El lunes esperan ser recibidos por la comisión especializada.
Wilfrido Ruiz (IND) planteó que la integración sea a través de elecciones directas entre los representantes de cada uno de los grupos que conforman el IESS: aportantes activos, jubilados, empresarios, IESS, artesanos, microempresarios.
Adicionalmente, comentó que hay que determinar si el banco será una entidad de primero o segundo piso. Según el artículo 372 de la Constitución, deberá crearse una entidad financiera que canalice los fondos previsionales públicos y sus inversiones, lo que podría interpretarse como una banca de inversiones, es decir de segundo piso, y así no podría dar atención directa a los afiliados.