No se requería ser brujo ni adivino, ni aficionado a la quiromancia o a la cartomancia para suponer –como supuse hace algunos meses– que el ahora famoso Consejo de Participación Ciudadana y Control Social sería un ensayo harto peligroso para el verdadero ejercicio de la democracia, y un experimento que traería serios dolores de cabeza. Así se lo manifesté personalmente al entonces presidente de la Asamblea Constituyente y hoy presidente del ‘Congresillo’ cuando conversamos de tópicos constitucionales y políticos hace cinco meses en la sede de este Diario.
Siempre dije que, en el texto de la Constitución, antes que el aborto o las uniones de parejas homosexuales u otros tópicos que en su momento causaron revuelos, manifestaciones y rupturas, lo preocupante era “el diseño político”, es decir la creación de dos nuevas funciones del Estado, aunque en realidad se trata solo de una porque a pesar de que su nomenclatura no haya sido la de una “Función”, el tema electoral siempre ha estado allí, presente, pero no así la llamada Participación Ciudadana y Control Social que se presenta como algo híbrido que no empata con ningún otro alto estamento del Estado, de paso mal concebida y pésimamente estructurada en cuanto a su integración, designación y atribuciones.
Si querían los asambleístas innovar –parece que este fue uno de sus anhelos principales– creando otra Función, por lo menos le hubieran dado al pueblo la opción de elegir, en comicios públicos, a los ciudadanos que formarían la misma, pero no a través de un mecanismo poco transparente sujeto a un instructivo que pone y quita puntos subjetivamente a los confiados concursantes que ingenuamente creyeron en la idoneidad de sus jueces y de ese malhadado procedimiento.
Comprendo que, a lo mejor, los legisladores constituyentes, aunque no hubieran estado muy enterados del asunto, quisieron crear, casi por casualidad, lo que la doctrina llama la “democracia avanzada”, es decir un sistema en el cual el mayor número de ciudadanos interviene en la conformación, ejercicio y control del poder, por medio –igualmente– del mayor número de instituciones y vías posibles, pero fallaron ¿por inexperiencia, impreparación, desconocimiento? en el diseño de un organismo al que se le ha confiado nada más y nada menos que la nominación de funcionarios tan importantes como el Procurador General, el Fiscal General y el Contralor General del Estado, los superintendentes (los actuales y los titulares de las nuevas superintendencias), el Defensor del Pueblo y los Defensores Públicos, los miembros del Consejo de la Judicatura (quienes a su vez designarán a todos los integrantes de la Función Judicial), del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral. ¿Pueden ustedes aceptar que la comisionada Tola y otras pocas personas tengan mayor capacidad e idoneidad para escoger a quienes elegirán a los altos cargos del Estado que los ciudadanos directamente en las urnas? La respuesta no merece ni siquiera una pequeña duda.
Es importante también señalar que la Constitución de Montecristi, al crear esas dos nuevas Funciones rompe con la división tradicional de los poderes –como lo hizo en 1999 la Constitución Bolivariana de Venezuela al crear cinco Funciones– (al fin y al cabo ambas estuvieron asesoradas por los mismos juristas españoles), con la diferencia de que en Venezuela el Poder Ciudadano está representado por el Consejo Moral Republicano compuesto por el Fiscal General, el Contralor General y el Defensor del Pueblo. Por lo menos una institución mejor estructurada que la ecuatoriana, que está agravada por una pobre comisión de escogencia y un instructivo impregnado de sesgos políticos que recuerdan las viejas mañas de la partidocracia que se dice desdeñar. Mala tos la que padece esta democracia “ciudadana”.