- NOV. 25, 2008 - Foto - Economía - EL UNIVERSO
Franklin Canelos, vicepresidente de la Comisión de Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC), explicó ayer que ese organismo sí tenía conocimiento de los pagos que se hicieron entre 1989 y 1992 sobre la deuda comercial. Sin embargo, aclaró que estos pagos solo fueron por intereses y no por capital.
Según Canelos, la deuda comercial entonces sí estaba por prescribir en 1992, cuando en el gobierno de Sixto Durán-Ballén se hizo un tolling agreement (renunciamiento unilateral a la prescripción de la deuda).
En tanto, Durán-Ballén ha dicho que la deuda no estaba por prescribir por lo que procedió a la renegociación para evitar demandas internacionales.
El informe del Banco Central indica que “en julio de 1989 se reiniciaron los pagos, que cubrieron una fracción de los intereses devengados. Esos pagos ascendieron a $ 82 millones en 1989, a $ 200,5 millones en 1990, a $ 141,7 millones en 1991 y a $ 66 millones en 1992”.
En este sentido, Canelos explicó que la norma internacional permite la caducidad solo si no se han hecho pagos de capital, el caso de Ecuador.
Sobre el mismo tema, el fiscal general, Washington Pesántez, recordó que en 1992 hubo un debate a nivel de la sociedad sobre cómo “el ministro de Finanzas, Mario Ribadeneira, faltando pocas horas para que prescribiera la deuda, de manera arbitraria, fue a renunciar lo irrenunciable”, dijo.
Las declaraciones las hizo durante la presentación de una demanda judicial planteada por tres miembros del MPD en contra de los supuestos responsables de renegociaciones perjudiciales para el Ecuador.
En la denuncia se acusó a los ex presidentes Durán-Ballén, León Febres-Cordero, Osvaldo Hurtado, Rodrigo Borja, Fabián Alarcón, Gustavo Noboa, Jamil Mahuad y Lucio Gutiérrez de cometer delitos de usura, peculado, prevaricato, cohecho, enriquecimiento ilícito, entre otros. Luis Villacís y Abel Ávila solicitaron al fiscal, prisión y medidas cautelares.