Desde que la mayoría de los sufragantes aprobó la Constitución vigente en el referéndum del 28 de septiembre, toda persona sensata ha llamado a respetarla, aun quienes no votaron favorablemente, pues lo contrario sería abrir la puerta al caos, lo que significa que desde el Presidente de la República hasta el ciudadano común deben observar sus normas.
Por eso me ha causado una enorme sorpresa saber que es el Tribunal Constitucional quien ha marcado un récord histórico al violar las reglas constitucionales al día siguiente de promulgada la Ley Suprema, al convertirse –por decisión propia y en un acto que mezcla la alquimia con la magia– en la poderosa Corte Constitucional que contempla la nueva Constitución.
Esa transmutación que pretende ser genial no tiene presentación política y mucho menos jurídica, y aunque no conozco el texto detallado de la resolución, no puedo menos que cuestionar su contenido por las conclusiones a las que llega, vulnerando el artículo 25 del denominado Régimen de Transición que expresa que “Una vez constituidas las nuevas funciones Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia y Control Social, se organizará la comisión calificadora que designará a las magistradas y magistrados que integrarán LA PRIMERA (las mayúsculas y cursivas son mías) Corte Constitucional”. Pero por lo visto y actuado, ya esa Corte no será la primera, pues la primera será el actual Tribunal Constitucional disfrazado de Corte si no se revoca lo indebidamente actuado.
Y no solo eso, sino que la decisión de los miembros del máximo organismo encargado de velar porque la Constitución se cumpla, viola también el artículo 27 del mismo Régimen de Transición, pues este señala que “Los integrantes del Consejo Nacional de la Judicatura, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo Electoral TERMINARÁN SUS PERÍODOS CUANDO SE POSESIONEN los vocales del nuevo Consejo de la Judicatura, LOS MIEMBROS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL (las mayúsculas son mías), los consejeros y consejeras del Consejo Nacional Electoral y los integrantes del Tribunal Contencioso Electoral. Su selección se realizará conforme (falta la letra a) las normas del Régimen de Transición”.
Este último artículo ratifica el anterior al señalar que los integrantes del Tribunal Constitucional seguirán actuando como tales (no como vocales de un organismo que no existe) hasta que se elijan y posesionen los miembros de la primera Corte Constitucional, pero los señores se obnubilaron y procedieron inconstitucionalmente de una manera jurídicamente desastrosa, y además abusiva, con extralimitación de funciones, que puede traer serias responsabilidades futuras.
Si las reglas citadas ordenan que el Tribunal Constitucional continúe con esa denominación y funciones hasta que exista LA PRIMERA Corte, ese Tribunal no puede interpretar la Constitución porque no tiene esas facultades. Sus atribuciones se limitan a seguir conociendo los casos ingresados, y a lo sumo los nuevos dentro de aquellas atribuciones que les concedía la Constitución de 1998 y que constan repetidas en la vigente.
Tengo amigos en el Tribunal Constitucional pero la mía es una postura que cualquier hombre de derecho debe asumir frente a una profanación tan evidente, y si los propios encargados de preservar pura a la Constitución son los primeros en transgredirla, saltan las preguntas ¿comenzó la fiesta? ¿seguiremos en el mismo jolgorio haciendo cada quien lo que le parezca? ¿A quién recurrimos para juzgar al TC?