Ese espacio radioeléctrico irradia (emite radicalmente) ondas electromagnéticas que son usadas, entre otros menesteres, como medio para transportar sonidos (audio), imágenes (video), actividades culinarias (hornos de microondas). A esta parte del espectro electromagnético, bautizado con el nombre de radioeléctrico –por más que este no irradie electricidad o energía eléctrica–, la nueva Constitución lo reconoce como un “sector estratégico”, aun cuando es bien sabido que no existen “sectores estratégicos”. No obstante, se pueden y deben, en el presente caso, implementar estrategias (asunto muy diferente) en ciertas áreas como en la economía, para su apropiado o regulado uso y aprovechamiento, tenga o no este el carácter de comercial.

El capítulo quinto, artículo 313 de la Constitución vigente debe ser modificado en este caso, reservándose el Estado el dominio de esta parte del espectro electromagnético, y la facultad privativa para su uso y aprovechamiento. Esto implica que el Estado, en un inmediato futuro, debería conceder o delegar la práctica del derecho para la prestación del servicio público de comunicaciones (facultad privativa del Estado o sector público), a terceras personas naturales o jurídicas del sector privado, vía licitación, subasta o remate de la economía, que podrán entonces explotar comercialmente este bien; cuyo uso y aprovechamiento temporal y reversible a favor del Estado (por ser una concesión o delegación, siempre es temporal) es también un consustancial ‘producto’ de la naturaleza del planeta, a la que también le estamos asignando derechos.

No hacerlo así implica que pronto se le ocurrirá a alguien declarar como ‘áreas estratégicas’ al aire que respiramos, a la luz del sol, porque con su utilización algún desadaptado privatizador pretendería instalar con fines comerciales una planta de generación de ondas de radiación ultravioleta o infrarrojo como medio de transporte para el audio, video...; o una planta de generación electroenergética o de luz, movida por energía fotovoltaica o una eólica. Entonces habría una segunda razón para declarar ‘área estratégica’ a la luz, al calor del sol, al viento, al oxígeno, al hidrógeno, porque estos podrían ser útiles al corrupto explotador sector privado. Sin olvidar que necesariamente se debería incluir y declarar prescrito, o mejor aún, proscrito, el sentido común.

Publicidad

J. Lorenzo Saá B.
Ambato, Tungurahua