Reglas. Quienes se acojan al proyecto cobrarán sus prestaciones por desempleo de forma anticipada y acumulada, pero no podrán volver al país ibérico en los siguientes tres años.
El gobierno español aprobó ayer un plan de retorno voluntario al que los inmigrantes podrán acogerse desde finales de octubre y primeros días de noviembre, aunque siguen las dudas sobre la aceptación que tendrá tras las críticas de asociaciones de inmigrantes.
El ministro de Trabajo e Inmigración español, Celestino Corbacho, remitirá a la secretaria nacional del Migrante de Ecuador, Lorena Escudero, el decreto del proyecto aprobado ayer, para estudiar la posibilidad de establecer un protocolo que defina un marco de colaboración y cooperación entre ambos gobiernos.
Pueden acogerse al plan 20.089 ecuatorianos, pero no podrán volver a España en los próximos tres años. El Servicio Público de Empleo Estatal les abonará en euros la prestación por desempleo. El pago se hará en dos plazos: el 40% en España y el 60% en el país de origen.
Gobiernos de los dos países se unirán para concretar el proyecto para los interesados.
El ministro de Trabajo e Inmigración español, Celestino Corbacho, remitirá a la secretaria nacional del migrante de Ecuador, Lorena Escudero, el Real Decreto Ley que ayer aprobó el Consejo de Ministros para poner en marcha el plan de retorno voluntario de inmigrantes desempleados.
A partir de entonces, ambos gobiernos estudiarán la posibilidad de establecer un protocolo para definir un marco de colaboración y cooperación bilateral. “El propósito es crear una comisión mixta cuanto antes”, dijo Corbacho. Esto abrirá el camino para encontrar sinergias entre los proyectos de retorno de los dos países.
Escudero, en la reunión que mantuvo con el funcionario la semana pasada, incidió en la necesidad de potenciar la formación de los interesados en volver. Corbacho habló de involucrar a la Agencia Española de Cooperación Internacional para acompañar la reinserción en las naciones de origen.
Unos 87.000 ciudadanos extracomunitarios, -20.089 de ellos ecuatorianos-, cumplen actualmente los requisitos que marca la normativa: estar desempleado y cobrando una prestación contributiva susceptible de capitalizar y proceder de uno de los 19 países con los que España mantiene convenios de Seguridad Social.
Los interesados en acogerse a esta posibilidad no podrán volver a España en los próximos tres años. Luego de ese lapso, si regresan por vías legales “recuperarían íntegramente los derechos que han acumulado”, advirtió Corbacho. Así, quienes tenían concedido el permiso de residencia permanente, lo recuperarán; mientras que los extranjeros que disponían de una autorización temporal, conservarán la antigüedad.
El Servicio Público de Empleo Estatal abonará en euros, de forma anticipada y acumulada, la prestación por desempleo. El pago se hará en dos plazos: el 40% en España, una vez reconocido el derecho, y el 60% en el país de origen, 30 días desde el primer desembolso.
La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, sostuvo que la iniciativa busca facilitar las migraciones circulares que permiten a los migrantes “decidir su estancia en España, según las oportunidades laborales de su país de origen, como a las del nuestro”. Acotó se “trata de favorecer el desarrollo en origen con la llegada de personas cualificadas, con experiencia profesional y recursos económicos para seguir trabajando allí”.
El Real Decreto rige hoy, pero no se hará efectivo hasta principios de noviembre. Antes, deben ratificarlo las Cortes (Congreso y Senado).
Posteriormente, con carácter de urgente, se aprobará el reglamento que lo desarrolla, previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales y con el dictamen positivo del Consejo de Estado.
Los cálculos
El importe del subsidio se calcula en virtud de las bases de cotización del trabajador desempleado a la Seguridad Social, durante los últimos seis meses, con topes máximos y mínimos.
Un ejemplo
Un inmigrante en el paro, con dos hijos, y tras haber cotizado seis años con un salario mensual de 800 euros, deberá recibir una prestación mensual de 645,26 euros durante un lapso de 24 meses, lo que significa un total de 15.486 euros (21.680 dólares).