Domingo 24 de agosto del 2008 El Gran Guayaquil

Imprecisiones en Ley afectan su aplicación

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Desde el pasado 8 de agosto, en la Fiscalía de Tránsito se realizan trámites con la nueva ley.

La próxima semana, jueces  pedirán a la Corte Suprema  una interpretación a la norma de tránsito.

Mientras en Guayaquil los jueces y fiscales de tránsito ya aplican la nueva Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial desde el pasado 8 de agosto, en Quito los funcionarios de esta área realizarán la próxima semana una petición para que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interprete la nueva ley a fin de evitar, según indican, la impunidad en los casos de accidentes de tránsito.

La ley entró en vigencia  el 7 de agosto pasado, pero hasta que se elabore el reglamento que se prevé esté listo en 90 días, los jueces y fiscales de tránsito utilizan el actual.

Para el fiscal Roberto Cabrera, coordinador de asuntos de tránsito, la audiencia de cargos se sigue manteniendo, “la diferencia está, por ejemplo, en los accidentes se detiene a la persona cuando hay heridos”.

El juez Quinto de Tránsito, Carlos Morales, expresa que lo importante de esta ley es que se consolida el sistema oral en los juicios, vigente desde 1996.

Morales agrega que uno de los puntos desfavorables es que hay muchas normas abiertas que dependen de un reglamento que se va a hacer a futuro.

En este despacho, del 11 al 17 de agosto se conocieron 11 instrucciones, 16 indagaciones y 8 detenidos por embriaguez.

La jueza Cuarta de Tránsito, Cecilia Loffredo, indica que ya juzgó a 18 personas que han conducido en estado de embriaguez con la nueva ley. “Trae una innovación que es el defenderse en libertad”.

En Quito, la vigencia de la nueva ley trae problemas en su aplicación para los jueces, por los vacíos que ha creado el nuevo cuerpo jurídico.

Por ejemplo, los jueces citan el art 131 que establece que quien cause en un accidente personas con heridas o lesiones, “produciéndole enfermedad o incapacidad física para efectuar sus tareas habituales que exceda de 15 días y sea menor a 30 días, y ocasione daños materiales cuyo costo de reparación sea superior a 4 remuneraciones básicas unificadas ($ 800) e inferior a 6, será sancionado con multa de 3 RBU

($ 600) y la pérdida de 12 puntos en su licencia”. Bajo esta disposición, quienes presenten hematomas o equimosis cuya recuperación tarde tres días no podrían sancionarse, porque no están tipificadas en la ley.

Según el art 126 en caso de que una persona conduzca en estado de embriaguez, bajo efectos con drogas y ocasione un accidente con una o mas personas muertas tendrá reclusión de 8 a 12 años, revocatoria definitiva de la licencia y multa de 30 RBU ($ 6.000).

Pero en la norma no dice nada respecto a los heridos en un accidente de este tipo. “Este es otro vacío, los heridos no están contemplados, antes era un agravante, ahora no”, explica la jueza Quinta de Tránsito de Pichincha, María Alarcón.

Señala que si se cometía un accidente en el que no se conocía quién era su conductor se presumía que era el dueño del vehículo, pero ahora solo se tipifica que tendrá responsabilidad civil y no penal. “Si no tenemos la tipificación, no podemos dictar sentencia y menos ordenar el pago de daños y perjuicios”. A esto se suma que la Policía puede detener cuando las personas cometan contravenciones, quienes solo deben ser juzgadas, y se procede a la rebaja de puntos en la licencia. “Están deteniendo a los contraventores y esto ilegal”.

4
fiscales.
Ese es el número de funcionarios en el área de tránsito en Guayaquil.

5
jueces.
Ese es el total en esta área en la ciudad. Con la nueva ley algunos funcionarios consideran que se debería nombrar un juez segundo de tránsito, cargo que quedó vacante.

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